SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7604)
ARESMARE TEAM, S.A. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) CALAN HUMAN PROJECT, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 243

Martes 26 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7604

ARESMARE TEAM, S.A.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
CALAN HUMAN PROJECT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General
Extraordinaria y Universal de accionistas de Aresmare Team, S.A. (Sociedad
Parcialmente Escindida), celebrada el 21 de diciembre de 2023, ha acordado por
unanimidad, la escisión parcial (financiera) sin extinción de Aresmare Team, S.A.,
mediante la cual la Sociedad Parcialmente Escindida escinde una parte de su
patrimonio social consistente en la cartera financiera integrada por la totalidad de
las acciones que ostenta de la sociedad Volquetes y Carrocerías Encabo, S.A.U. y
las transmite en bloque a Calan Human Project, S.L. (Sociedad Beneficiaria de
Nueva Creación), la cual se constituirá simultáneamente, que las adquirirá por
sucesión a título universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones
integrantes del patrimonio escindido, y atribuyéndose a los accionistas de la
Sociedad Parcialmente Escindida las participaciones sociales de la Sociedad
Beneficiaria de Nueva Creación proporcionalmente a los derechos que tienen en el
capital de aquella. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial
redactado y suscrito por los administradores de la Sociedad Parcialmente
Escindida el 3 de noviembre de 2023 y con arreglo al Balance de Escisión cerrado
a 30 de septiembre de 2023.
Se hace constar que, habiéndose adoptado el acuerdo de Escisión Parcial en
Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad Parcialmente
Escindida, resulta de aplicación a la presente operación el artículo 9 del RDL 5/
2023 ("acuerdo unánime de modificación estructural"), resultando asimismo de
aplicación el artículo 71 del referido RDL 5/2023 ("simplificación de requisitos").
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de
forma gratuita de los acuerdos adoptados y cualquier otra documentación prevista
en el artículo 10 del RDL 5/2023.
Se informa igualmente a los acreedores de sus derechos de protección y
oposición a ejercitar en el plazo y términos previstos en los artículos 13 y 14 del
RDL 5/2023.
En Alcalá de Henares, 21 de diciembre de 2023.- El Administrador Solidario,
Don Juan José Cabezuelo Sánchez.
cve: BORME-C-2023-7604
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