SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2023-7583)
IBI LION SOCIMI, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 242

Viernes 22 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

7583

IBI LION SOCIMI, S.A.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley
de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de julio (la "LSC"), se comunica que la junta general extraordinaria de accionistas
de IBI Lion SOCIMI, S.A. (la "Sociedad"), celebrada en primera convocatoria el 21
de diciembre de 2023, ha acordado, bajo el punto Primero de su orden del día,
reducir el capital social de la Sociedad en una cuantía de 1.448.518,935793 euros
(sin perjuicio de lo previsto en el siguiente párrafo), mediante la disminución en
0,028447 euros del valor nominal de la totalidad de las acciones en circulación de
la Sociedad (la "Reducción").
En dicho acuerdo de reducción de capital, se hizo constar expresamente que,
si antes de la ejecución de la Reducción la Sociedad aumentase su número de
acciones en circulación, la cifra total agregada de la Reducción aumentaría
también en la cifra correspondiente. A este respecto, el consejo de administración
de la Sociedad, actuando al amparo de la autorización que le fue conferida por la
junta general ordinaria de accionistas de la Sociedad de 29 de junio de 2023 bajo
el punto Sexto (A) de su orden del día, acordó, en su reunión celebrada el 18 de
diciembre de 2023, ejecutar un aumento de capital social mediante aportaciones
dinerarias y con reconocimiento del derecho de suscripción preferente aprobado
por la referida junta general ordinaria (el "Aumento"). Está previsto que el Aumento
se formalice a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de la
ejecución de la Reducción. En consecuencia, la cifra total agregada de la
Reducción aumentará conforme al número de acciones en circulación de la
Sociedad tras la ejecución del Aumento.
Una vez ejecutada la Reducción, se modificará el artículo de los estatutos
sociales de la Sociedad relativo al capital social, a los efectos de que refleje la cifra
de capital y el número de acciones en circulación resultantes.
Asimismo, la referida junta general extraordinaria de accionistas aprobó, bajo el
mismo punto del orden del día, facultar solidariamente al consejo de
administración, a su presidente, al secretario miembro del consejo de
administración, al vicesecretario no miembro del consejo de administración y a los
demás miembros del consejo de administración para que cualquiera de ellos,
solidaria e indistintamente, y con toda la amplitud que fuera necesaria en derecho,
proceda a la ejecución de la Reducción, pudiendo determinar aquellos extremos
que no hayan sido fijados expresamente por la junta general o que sean
consecuencia del acuerdo de Reducción.

La Reducción se realizará con cargo a la cifra del capital social, sin que se
produzca la constitución de una reserva en los términos descritos en el artículo
335.c) de la LSC. Consecuentemente, de conformidad con el artículo 334 de la
LSC, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha
del último anuncio del acuerdo de la Reducción, no hayan vencido en ese
momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrán el derecho de
oponerse a la Reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último
anuncio del acuerdo de la Reducción.

cve: BORME-C-2023-7583
Verificable en https://www.boe.es

La finalidad de la Reducción es devolver aportaciones a los accionistas de la
Sociedad.