SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7474)
ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TARGOBANK, S.A.U. CEMCICE SERVICIOS ESPAÑA, S.A.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 19 de diciembre de 2023

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simplificar su gestión, facilitando la asignación eficiente de los recursos y la
reducción de costes dentro del Grupo ABANCA. En particular, la Fusión:
(a) Supondrá la integración de Targobank y CEMCICE en ABANCA, necesaria
para alcanzar el potencial de sinergias de costes e ingresos derivados de su
reciente adquisición, lo cual se considera especialmente positivo en el actual
contexto del sector bancario, caracterizado por los fuertes requerimientos de
recursos propios para las entidades de crédito y el entorno altamente competitivo
del mercado de los servicios financieros, que se ha abierto a nuevos actores
distintos de las entidades financieras tradicionales.
(b) Mejorará la gobernanza del Grupo ABANCA, permitiendo aprovechar las
sinergias económicas, organizativas y operativas existentes de las que no puede
beneficiarse debido a la subsistencia de diversas estructuras separadas. La Fusión
permitirá aglutinar las capacidades de gestión del Grupo ABANCA y facilitará una
gestión societaria más eficiente, que agilice la toma de decisiones, reduzca la
carga administrativa y elimine duplicidades innecesarias e ineficientes en la
administración del Grupo ABANCA.
(c) Mejorará la posición competitiva del Grupo en el sector financiero español.
Targobank está implantada de modo significativo en segmentos de mercado y
ámbitos geográficos en los cuales la Sociedad Absorbente tiene escasa presencia,
por lo que la Fusión conllevará una evidente mejora del Grupo dentro del sector
financiero español.
(d) Posibilitará la reducción de costes administrativos y de gestión asociados al
cumplimiento de las obligaciones mercantiles y fiscales, así como de auditoría de
cuentas, que solo resultarán exigibles respecto de una entidad. En suma, la Fusión
permitirá eliminar duplicidades innecesarias que, en lo que respecta a la gestión,
implica el mantenimiento de varias sociedades con personalidades jurídicas
independientes.
Dichas sinergias se derivan, fundamentalmente, de la optimización de gastos
en las Sociedades Absorbidas (gastos que dejan de producirse por la desaparición
de las mismas) y de la mejora de gastos en el Grupo por una racionalización del
coste de recursos humanos y tecnológicos.
En este contexto, se ha considerado que la Fusión objeto de este Proyecto es
la alternativa idónea para la consecución de los objetivos señalados y conllevará
importantes mejoras para el negocio del Grupo ABANCA y para sus accionistas.
3. Estructura de la operación
La estructura jurídica elegida para llevar a cabo la integración del negocio de
cada una de las Sociedades Absorbidas en ABANCA es la fusión, en los términos
previstos en los artículos 33 y siguientes del RDL 5/2023.
En concreto, la Fusión se llevará a cabo mediante la absorción simultánea de
cada una de las Sociedades Absorbidas por ABANCA, con extinción, vía disolución
sin liquidación, de aquellas y la transmisión en bloque de sus respectivos
patrimonios a ABANCA, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los
activos, pasivos y relaciones jurídicas de cada una de las Sociedades Absorbidas.
Dado que las Sociedades Absorbidas son sociedades íntegramente
participadas de forma directa e indirecta por ABANCA, resulta aplicable el régimen

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Núm. 239