SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7233)
GESTIÓN DE ACTIVOS TURÍSTICOS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CARTERA HOTELERA Y RESIDENCIAL, S.L.U. OPERACIÓN RESIDENCES ISLANTILLA, S.L.U. OPERACIÓN HOTELERA ISLANTILLA, S.L.U. OPERACIÓN HOTELERA MANACOR, S.L.U. OPERACIÓN HOTELERA SIERRA NEVADA, S.L.U. OPERACIÓN HOTELERA DENIA, S.L.U. OPERACIÓN HOTELERA FORMIGAL, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 229

Viernes 1 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7233

GESTIÓN DE ACTIVOS TURÍSTICOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CARTERA HOTELERA Y RESIDENCIAL, S.L.U.
OPERACIÓN RESIDENCES ISLANTILLA, S.L.U.
OPERACIÓN HOTELERA ISLANTILLA, S.L.U.
OPERACIÓN HOTELERA MANACOR, S.L.U.
OPERACIÓN HOTELERA SIERRA NEVADA, S.L.U.
OPERACIÓN HOTELERA DENIA, S.L.U.
OPERACIÓN HOTELERA FORMIGAL, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023,
de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDLME"),
se hace público que, con fecha 30 de noviembre de 2023, el socio único de la
sociedad Gestión de Activos Turísticos, S.L.U. (indistintamente, "GAT" o la
"Sociedad Absorbente"), esto es, QTO International, S.à.r.l., aprobó la fusión por
absorción de GAT con las sociedades Cartera Hotelera Y Residencial, S.L.U.,
Operación Residences Islantilla, S.L.U., Operación Hotelera Islantilla, S.L.U.,
Operación Hotelera Manacor, S.L.U., Operación Hotelera Sierra Nevada, S.L.U.,
Operación Hotelera Denia, S.L.U. y Operación Hotelera Formigal, S.L.U., (en
adelante, las "Sociedades Absorbidas"), por medio de la transmisión en bloque por
sucesión universal de todo el patrimonio de las Sociedad Absorbidas a la Sociedad
Absorbente, previa disolución sin liquidación de las primeras.
Es de aplicación, el artículo 53 del RDLME por cuanto la Sociedad Absorbida
está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 53 del RDLME, el acuerdo
de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los
documentos exigidos por la ley.
Todo ello, conforme a los términos establecidos en el proyecto común de
fusión suscrito, con fecha 29 de noviembre de 2023, por los respectivos órganos
de administración de las sociedades que se fusionan, sirviendo de base de la
fusión los balances de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas
cerrados a 30 de septiembre de 2023.

Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar
frente a la sociedad y ante el registrador mercantil de Madrid, los derechos que les
otorga el artículo 13 del RDLME, durante el plazo de un mes contado a partir de la
publicación del presente anuncio, sin que ello paralice la fusión proyectada ni
impida su inscripción en el Registro Mercantil de Madrid.
Madrid, 30 de noviembre de 2023.- Consejero Delegado Solidario de la
Sociedad Absorbente y Administrador Solidario de las Sociedades Absorbidas, D.
Ramón Garayar Gutiérrez.
ID: A230046587-1

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Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 10 del
RDLME, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan
a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los
cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una
de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el
derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958