SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7232)
COROPUNA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MONSEGAL, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 229

Viernes 1 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7232

COROPUNA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONSEGAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023,
se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios
de las sociedades de nacionalidad española Coropuna, S.L. y Monsegal, S.L.U.,
celebradas en sus respectivos domicilios sociales el 30 de noviembre de 2023, han
acordado, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad de nacionalidad
española Monsegal, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Coropuna, S.L.
(Sociedad Absorbente). Como consecuencia de dicho acuerdo se extingue y
disuelve sin liquidación la sociedad absorbida, que transmite en bloque su
patrimonio social a la sociedad absorbente que se subroga en todos los derechos y
obligaciones de la absorbida, todo ello en los términos y condiciones previstos en
el proyecto común de fusión suscrito por los administradores de las sociedades
participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad
absorbente y absorbida.
Al tratarse de una fusión impropia, no se procede a establecer el tipo de canje
de las participaciones sociales ni al aumento de capital social en la sociedad
absorbente, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores,
ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo
establecido en el artículo 53 del RDL 5/2023.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones
adoptadas y del balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión,
documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las
Compañías. Los acreedores de las mismas tienen derecho a oponerse a la fusión
en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio
de fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 RDL 5/2023.
Barcelona, 30 de noviembre de 2023.- Administrador Único de Coropuna, S.L.,
D. José Palau Mallol y Administrador Único de Monsegal, S.L.U, D. Ramón Trullols
Ruau.

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