SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7173)
QUALITY PHARMACEUTICAL CONSULTING SL (SOCIEDAD ABSORBENTE) MAAT APPLICATIONS SOLUTIONS SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 227

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7173

QUALITY PHARMACEUTICAL CONSULTING SL (SOCIEDAD
ABSORBENTE)
MAAT APPLICATIONS SOLUTIONS SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio,
se hace público que las respectivas Juntas generales de Socios de Quality
Pharmaceutical Consulting SL (sociedad absorbente) y Maat Applications Solutions
SLU (sociedad absorbida), en sus respectivas reuniones de 28 de noviembre de
2023, acordaron la fusión por absorción en los términos previstos en el Proyecto
Común de Fusión de fecha 28 de noviembre de 2023, siguiendo el procedimiento
previsto en el artículo 53 del referido Real Decreto-Ley, en virtud del cual Quality
Pharmaceutical Consulting SL absorbe a Maat Applications Solutions SLU, la cual
se extingue, transmitiendo su patrimonio a favor de la absorbente, quien adquiere,
por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquella.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que
asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13
del Real Decreto-Ley 5/2023.
Asimismo, a los acreedores les asiste el derecho de oposición, el cual, en su
caso, deberá formularse, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación del último anuncio, en los términos y condiciones previstos en el
artículo 44 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y
sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para
el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Teniendo en cuenta que la sociedad absorbida está participada de forma
íntegra y directa por el mismo socio único, la sociedad absorbente, la fusión será
considerada como un supuesto de fusión por absorción de sociedades
íntegramente participadas en los términos previstos en el artículo 53 del Real
Decreto-Ley 5/2023, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado
de las fusiones especiales.
Madrid, 28 de noviembre de 2023.- Los Administradores Solidarios de ambas
sociedades, Jorge Frutos Fernández y Gabriel Pierre Tallada Frotte.

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