SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7170)
J. MERCADER CONSULTORS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INFINITUM ACCOUNTING AND SERVICES, S.L.U. MERCACONSULT MANAGEMENT SERVICES, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 227

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7170

J. MERCADER CONSULTORS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INFINITUM ACCOUNTING AND SERVICES, S.L.U.
MERCACONSULT MANAGEMENT SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace
público que las Juntas Generales Extraordinarias de Socios, válidamente
constituidas y celebradas con carácter universal, el día 27 de julio de 2023, de J.
MERCADER CONSULTORS, S.L., INFINITUM ACCOUNTING AND SERVICES,
S.L.U. y MERCACONSULT MANAGEMENT SERVICES, S.L.U. aprobaron por
unanimidad la fusión por absorción de INFINITUM ACCOUNTING AND
SERVICES, S.L.U. y MERCACONSULT MANAGEMENT SERVICES, S.L.U.
("Sociedades Absorbidas") por J. MERCADER CONSULTORS, S.L. (Sociedad
absorbente), adquiriendo la última en consecuencia el patrimonio total de las
Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas sin apertura del
procedimiento de liquidación, todo ello en los términos y condiciones expuestos en
el Proyecto de Fusión, suscrito en fecha 14 de abril de 2023 por el Administrador
Único respectivo de cada una de las sociedades participantes. Igualmente han sido
aprobados como balances a efectos de la fusión los cerrados a 31 de diciembre de
2022.
De conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 49 de la mencionada
Ley 3/2009, no procede en el proyecto común de fusión las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª
y 10.ª del artículo 31, ni procede elaborar los informes de los administradores y
expertos independientes correspondientes al proyecto común de fusión. No se
producirá, como consecuencia de la fusión, ampliación de capital, ni ninguna otra
modificación estatutaria en la sociedad absorbente.
La fusión, aprobada tiene carácter de impropia, por cuanto las sociedades
absorbidas están íntegramente participadas por la sociedad absorbente, consistirá
en la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades
absorbidas, que se extinguirán, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente
sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente.

Sabadell, 22 de noviembre de 2023.- Jordi Mercader Sanjuán, administrador
único de J. Mercader Consultors, S.L. y de Mercaconsult Management Services,
S.L.U, J. Mercader Consultors, S.L., representada por la persona física Jordi
Mercader Sanjuán, administradora única de Infinitum Accounting And Services,
S.L.U.
ID: A230045672-1

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De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley
3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así
como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las
sociedades que se fusionan y que pueden ejercer, durante el plazo de un mes,
contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958