SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-6998)
CENTRO DE DIAGNOSTICO RECOLETAS CASTILLA Y LEÓN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CENTRO DE DIAGNOSTICO ZAMORA, S.L.U. CENTRO DE DIAGNOSTICO BURGOS, S.L.U. CENTRO DE DIAGNOSTICO FELIPE II, S.L.U CENTRO DE DIAGNOSTICO RECOLETAS PLASENCIA, S.L.U (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 223

Jueves 23 de noviembre de 2023

Pág. 8384

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

6998

CENTRO DE DIAGNOSTICO RECOLETAS CASTILLA Y LEÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTRO DE DIAGNOSTICO ZAMORA, S.L.U.
CENTRO DE DIAGNOSTICO BURGOS, S.L.U.
CENTRO DE DIAGNOSTICO FELIPE II, S.L.U
CENTRO DE DIAGNOSTICO RECOLETAS PLASENCIA, S.L.U
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se
hace público que el día 1 de julio de 2023, el Socio único de Centro de Diagnóstico
Recoletas Castilla y León, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus
competencias, ha decidido aprobar la fusión de las sociedades mediante la
absorción de las sociedades Centro de Diagnóstico Zamora, S.L.U., Centro de
Diagnóstico Burgos, S.L.U., Centro de Diagnóstico Felipe II, S.L.U. y Centro de
Diagnóstico Recoletas Plasencia, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"). La fusión
implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la
Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas,
con extinción de las mismas.
A los efectos anteriores, conforme a lo establecido en el artículo 52.1, se pone
de manifiesto que a la presente fusión gemelar le resulta de aplicación el
procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro
de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada
una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los
términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Valladolid, 17 de noviembre de 2023.- Persona física designada por el
administrador único Grupo Hospitalario Recoletas, S.L.U., para su representación
de las sociedades Centro de Diagnóstico Recoletas Castilla y León, S.L.U., Centro
de Diagnóstico Zamora, S.L.U., Centro de Diagnóstico Burgos, S.L.U., Centro de
Diagnóstico Felipe II, S.L.U. y Centro de Diagnóstico Recoletas Plasencia, S.L.U.,,
Don Amando Julio Rodríguez Gutiérrez.

cve: BORME-C-2023-6998
Verificable en https://www.boe.es

ID: A230044426-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958