SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1683)
STACKS CONSULTING E INGENIERIA EN SOFTWARE S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) STACKS SERVICIOS TECNOLÓGICOS S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 77

Lunes 24 de abril de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1683

STACKS CONSULTING E INGENIERIA EN SOFTWARE S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
STACKS SERVICIOS TECNOLÓGICOS S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de
3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles
("LME"), se hace público que el socio único de STACKS CONSULTING E
INGENIERIA EN SOFTWARE S.L.U, y el socio único de STACKS SERVICIOS
TECNOLÓGICOS S.LU., ejerciendo las competencias propias de la Junta General,
en fecha 24 de marzo de 2023, decidió aprobar la fusión por absorción de la
segunda (sociedad absorbida) por parte de la primera (sociedad absorbente), con
la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de la sociedad
absorbida, que se extinguirá mediante disolución sin liquidación y consiguiente
sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente. Todo
ello, en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión
suscrito el 24 de marzo de 2023 emitido por el órgano de administración de cada
una de las sociedades participantes en la fusión y que fue aprobado por el socio
único de cada una de ellas.
La fusión tiene carácter de gemelar, al tratarse de sociedades íntegramente
participadas por el mismo socio único. En consecuencia, no procede establecer
tipo de canje de participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la
sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar informes de los administradores
y expertos independientes del proyecto común de fusión. No se producirá como
consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad
absorbente que seguirá operando con la misma denominación social.
De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley
3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada
una de las sociedades participantes en la fusión, en el domicilio social de las
mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada
una de las sociedades, absorbente y absorbida, durante el plazo de un mes,
contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 19 de abril de 2023.- La Secretaria del Consejo de Administración
de Stacks Consulting e Ingenieria en Software S.L.U y de Stacks Servicios
Tecnológicos S.L.U, Virginia Vicente Andrés.

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