SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1652)
LOGISTICA BERTAKO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LOGISTICA GEROKO, S.L. LOGISTIKA GAURKO, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 76

Viernes 21 de abril de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

1652

LOGISTICA BERTAKO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOGISTICA GEROKO, S.L.
LOGISTIKA GAURKO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, y
disposiciones concordantes, se hace público que el socio único de LOGISTICA
BERTAKO, S.A. (A95015459), LOGISTICA GEROKO, S.L. (B95137915) y
LOGISTIKA GAURKO, S.L. (B95919080), ha decidido, con fecha 1 de abril de
2023, la fusión por absorción de LOGISTICA GEROKO, S.L. y LOGISTIKA
GAURKO, S.L. (absorbidas), por LOGISTICA BERTAKO, S.A. (absorbente), con
extinción por disolución sin liquidación de las absorbidas y transmisión en bloque
de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal,
los derechos y obligaciones de aquéllas.
Dado que la sociedad absorbente y las absorbidas se hallan, al tiempo de la
ejecución de la fusión, íntegra y directamente participadas por el mismo único
socio, no existe canje de participaciones sociales, por lo que no procede establecer
ni el tipo de canje ni el procedimiento para llevarlo a cabo, en aplicación de los
artículos 52 y 49 de la Ley 3/2009.
Asimismo, en aplicación de los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, los acuerdos
de fusión han sido unánimes y sin aumento de capital en la absorbente, no siendo
necesario informe de administradores ni la intervención de expertos
independientes para emitir informe sobre el proyecto de fusión (que no ha sido
preciso depositar en el Registro Mercantil), respetándose los derechos de
información recogidos en dicho art. 42.
Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades
que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y
el balance de fusión, así como el derecho que asiste (en los términos previstos en
el artículo 44 de la Ley 3/2009) a los acreedores de las sociedades que intervienen
en la operación de fusión a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar
desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.
Amorebieta, 14 de abril de 2023.- El Administrador único de Logística Bertako,
S.A., Logística Geroko, S.L. y Logistika Gaurko, S.L, Don Bertol Izagirre
Garizurieta.

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