SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1201)
CAFÉ LA BARRUCA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA) BARRUCA SERVICIOS HOSTELEROS, SOCIEDAD LIMITADA BBG SERVICIOS HOSTELEROS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN DE NUEVA CONSTITUCIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 62

Jueves 30 de marzo de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

1201

CAFÉ LA BARRUCA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA)
BARRUCA SERVICIOS HOSTELEROS, SOCIEDAD LIMITADA
BBG SERVICIOS HOSTELEROS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN DE NUEVA
CONSTITUCIÓN)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se
hace público que el 22 de marzo de 2023, la Junta General Extraordinaria y
Universal de Socios de Café La Barruca, Sociedad Limitada (en adelante, la
"Sociedad Escindida") aprobó por unanimidad la Escisión total de Café La Barruca,
Sociedad Limitada, con extinción de ésta, mediante la división de su patrimonio en
dos partes y la transmisión, en bloque y por sucesión universal, de cada una de
ellas a favor de dos sociedades Beneficiarias, ambas de nueva creación, que se
denominarán Barruca Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada y BBG Servicios
Hosteleros, Sociedad Limitada (en adelante, las "Sociedades Beneficiarias"), todo
ello en los términos establecidos en el proyecto de Escisión suscrito por los
Administradores Solidarios de la Sociedad Escindida, sin necesidad de su previo
depósito en el Registro Mercantil, ni Informe de los Administradores, ni de expertos
independientes, conforme autorizan los artículos 42 y 78 de la Ley Modificaciones
Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley Modificaciones Estructurales de las
Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los
socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de escisión de
obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el
derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión en los términos regulados
por el artículo 44 de la citada Ley.
Santander, 27 de marzo de 2023.- Los Administradores solidarios de Café La
Barruca, Sociedad Limitada, y administradores únicos de Barruca Servicios
Hosteleros, Sociedad Limitada y BBG Servicios Hosteleros, Sociedad Limitada,
respectivamente, José Armando Oliveros Reyes y Beatriz Bragoviesov García.

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