SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1166)
VALORIZACIÓN VERDE, SOCIEDAD LIMITADA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 61

Miércoles 29 de marzo de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS

1166

VALORIZACIÓN VERDE, SOCIEDAD LIMITADA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en
adelante, "LME"), se procede a publicar que el socio único de Valorización Verde,
S.L., ejerciendo las competencias de la Junta General conforme al artículo 15 de la
Ley de Sociedades de Capital, ha adoptado acuerdo de fecha de 31 de enero de
2023 en virtud del cual se procede a la transformación de la misma en Sociedad
Anónima, conservándose su personalidad jurídica. De este modo, actuará en lo
sucesivo bajo la denominación "Valorización Verde, S.A.", según los términos
previstos en la LME. Junto con la transformación, se ha acordado un simultáneo
aumento de capital con el objeto de cumplir con el capital social mínimo de la
forma societaria adoptada.
Siguiendo el dictado de la LME, en el acuerdo de transformación se ha
procedido a la aprobación tanto de unos nuevos Estatutos Sociales para
adaptarlos al régimen jurídico aplicable a las Sociedades Anónimas como del
balance de transformación de la sociedad con una antigüedad menor a 6 meses
desde la fecha del acuerdo, así como a la anexión del informe de experto
independiente designado por el Registro Mercantil competente. Igualmente, han
quedado convertidas las participaciones sociales representativas del capital social
en acciones nominativas. No ha sido precisa la puesta a disposición de la
información indicada en el artículo 9 de la LME al haberse adoptado el acuerdo en
sesión universal y unánime. Se ha elaborado informe justificativo de la operación
acometida y no se presenta informe de auditoría ya que la sociedad no está sujeto
a dicho procedimiento. No se ha manifestado el ejercicio del derecho de
separación y no existen titulares de derechos especiales distintos de las nuevas
acciones.
En cuanto al órgano de administración, el administrador único continuará como
tal si bien sometido al plazo estatutario de SEIS AÑOS, aceptando este el cargo y
manifestando no incurrir en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades
legales.
Como último acuerdo, se ha declarado el cese de unipersonalidad de la
sociedad.
Villadangos del Páramo (León), 23 de marzo de 2023.- El administrador único,
Macario Fernández Fernández.

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