SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1137)
FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) FRESCO 1965, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 60

Martes 28 de marzo de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

1137

FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
FRESCO 1965, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante LME) por remisión del artículo 73.1 de la misma ley, se hace público que
en Acta de Decisión del Socio Único (Junta General Extraordinaria y Universal de
socios), de FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO, S.L.U. (sociedad parcialmente
escindida), celebrada el 1 de marzo de 2023, el Socio Único acordó, la escisión
parcial sin extinción de FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO, S.L.U., mediante la
transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, consistente en el 100% de
las participaciones en la sociedad ESTUDIOS ANALISIS Y SOLUCIONES, S.L.U.
a la sociedad beneficiaria y de nueva creación FRESCO 1965, S.L. (sociedad
beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a
título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio
escindido y adjudicando al socio único de la sociedad parcialmente escindida la
totalidad del las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva
creación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y
suscrito por el Órgano de Administración de FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO,
S.L.U.
Tal como dispone el artículo 72 de la LME, la escisión se realiza mediante la
transmisión en bloque de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, la cual
conforma una unidad económica autónoma e independiente, consistente en el
100% de las participaciones en la sociedad ESTUDIOS ANALISIS Y
SOLUCIONES, S.L.U, a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación
FRESCO 1965, S.L.
Como consecuencia de la escisión parcial financiera, la sociedad escindida
FRUTAS Y VERDURAS ANTONIO, S.L.U. reducirá su capital social y sus reservas
en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido, modificando el
artículo 7º de los Estatutos Sociales, relativo a la cifra de capital social.
En virtud del artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión
parcial en Acta de Decisiones del Socio Único (Junta General Universal y
Extraordinaria) y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de
la LME, no era necesario depositar previamente el proyecto de escisión.

Lo anterior de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la
citada Ley.
En aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 78bis
de la LME, al atribuirse al Socio Único de la sociedad escindida la totalidad de las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, no es
necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el
informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y

cve: BORME-C-2023-1137
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, tampoco es necesario el informe de los Administradores sobre el
mismo.