SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CESIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-962)
EMPRESA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LANTEJUELA, S.L.U. EN LIQUIDACIÓN, (EMDELAN). (SOCIEDAD CEDENTE) AYUNTAMIENTO DE LANTEJUELA (ENTIDAD CESIONARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 53

Jueves 16 de marzo de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
CESIÓN DE EMPRESAS

962

EMPRESA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE
LANTEJUELA, S.L.U. EN LIQUIDACIÓN, (EMDELAN). (SOCIEDAD
CEDENTE)
AYUNTAMIENTO DE LANTEJUELA (ENTIDAD CESIONARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se
hace constar que la Junta General Universal de la sociedad cedente EMPRESA
MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LANTEJUELA, S.L.U. en
liquidación (EMDELAN) ha aprobado, en fecha 9 de marzo de 2023, la cesión
global de todo su activo y pasivo a favor de su socio único, AYUNTAMIENTO DE
LANTEJUELA, entidad cesionaria, que adquirirá en bloque la totalidad del
patrimonio por sucesión universal, todo ello de conformidad con el proyecto de
cesión global de activos y pasivos formulado por el Liquidador Único de la
sociedad cedente en fecha 31 de enero de 2023 y presentado ante el Registro
Mercantil de Sevilla con fecha 7 de marzo de 2023.
Asimismo, el Pleno del Ayuntamiento de Lantejuela, entidad cesionaria, ha
adoptado, con igual fecha, acuerdo de aceptación de dicha cesión.
Como consecuencia de la cesión global, la entidad cesionaria quedará
subrogada en todos los derechos y obligaciones de la entidad cedente, lo que
determinará su extinción, con efectos desde la inscripción de la escritura de cesión
global en el Registro Mercantil.
Se hace constar, de conformidad con el artículo 87.2 de la LME, el derecho
que asiste a los socios y a los acreedores de la cedente y de la cesionaria, obtener
gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de cesión global de activo y pasivo en el
domicilio de la cedente.
Igualmente, la cedente informa del derecho que asiste a los acreedores de la
entidad cedente y de la cesionaria, conforme a lo establecido en el artículo 88 de la
LME, a oponerse a la cesión global dentro del plazo de un mes, a contar desde la
fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de cesión global.
Lantejuela (Sevilla), 10 de marzo de 2023.- El Liquidador Único, Miguel Pastor
Ruiz de Cenzano.

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