SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-923)
VISCOFAN, SOCIEDAD ANÓNIMA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 15 de marzo de 2023

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se solicita durante la celebración de la Junta General, en caso de no ser posible
satisfacer el derecho del accionista en ese momento, los administradores estarán
obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes
al de la terminación de la Junta.
Los administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada,
salvo en los casos en que, a juicio del Presidente, la publicidad de la información
solicitada perjudique el interés social. No procederá la denegación de información
cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, el
veinticinco por ciento del capital social. Cuando, con anterioridad a la formulación
de una pregunta concreta, la información solicitada por un accionista esté
disponible de manera clara, expresa y directa en la página web corporativa
(www.viscofan.com), el Consejo de Administración podrá limitar su contestación a
remitirse a dicha información.
Asimismo, se informa de que, de conformidad con lo establecido en el artículo
539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se ha habilitado en la página web
corporativa (www.viscofan.com) un Foro Electrónico de Accionistas, cuyo uso se
ajustará a su finalidad legal y a las garantías y reglas de funcionamiento
establecidas por la Sociedad, pudiendo acceder al mismo los accionistas y
asociaciones de accionistas que se hallen debidamente legitimados.
C) Derecho de asistencia, representación y voto a distancia
Tendrán derecho de asistencia (de acuerdo con el artículo 21 de los Estatutos
Sociales y el artículo 14 del Reglamento de la Junta General) los accionistas que
posean al menos 100 acciones y que las tengan inscritas en el correspondiente
registro con cinco días de antelación a la fecha prevista de celebración de la Junta
General de Accionistas en primera o segunda convocatoria, según corresponda.
Los accionistas que no reúnan la cantidad de acciones exigida para la asistencia
podrán agruparse al indicado fin.
Todo accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la
Junta General de Accionistas por medio de otra persona, sea o no accionista.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán asimismo emitir su voto a
distancia sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día
mediante los medios de comunicación a distancia que garanticen debidamente la
identidad.
Tanto el otorgamiento de la representación como el ejercicio del derecho de
voto a distancia se realizarán de conformidad con lo establecido por la Ley de
Sociedades de Capital, los Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta General
y en la forma y a través de los medios detallados en las "Reglas de desarrollo para
el ejercicio de los derechos de representación y voto a distancia" aprobadas por el
Consejo de Administración de la Sociedad y que se encuentran disponibles en la
página web corporativa de la Sociedad, (www.viscofan.com), junto con el modelo
de tarjeta de asistencia, delegación o voto a distancia, dentro del apartado
"Relación con Inversores, Junta General de Accionistas" y asimismo en el domicilio
social: C/ Berroa, 15 - 4º, 31192 Tajonar, Navarra.
D) Retransmisión de la Junta General
La Junta General será retransmitida en directo por medio de internet,
pudiéndose acceder a la misma a través de la página web de la Sociedad:
www.viscofan.com. La conexión a esta retransmisión no será considerada como
asistencia telemática a la Junta General.
E) Intervención de Notario en la Junta General de Accionistas

cve: BORME-C-2023-923
Verificable en https://www.boe.es

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