SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-926)
TALENOM, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) NOMO MANAGEMENT SOLUTION, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 52

Miércoles 15 de marzo de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

926

TALENOM, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOMO MANAGEMENT SOLUTION, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se
hace público que, con fecha 2 de marzo de 2023, TALENOM OYJ, el socio único
común de TALENOM, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y de NOMO
MANAGEMENT SOLUTION, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), ha decidido la
fusión dichas sociedades mediante la absorción por la Sociedad Absorbente, de la
Sociedad Absorbida.
Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de
fusión, de fecha de 1 de marzo de 2023, redactado y suscrito por el administrador
de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el balance de fusión de las
sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a 28 de febrero de 2023.
Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la
absorción de sociedades integralmente participadas, según lo establecido en el
artículo 52 de la Ley de Modificaciones Estructurales, dado que las Sociedades
Absorbente y Absorbida son íntegramente participadas de forma directa por el
mismo socio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley de
Modificaciones Estructurales esta absorción se lleva a cabo con disolución y
extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de
todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal,
todos los derechos y obligaciones de aquéllas. Este proceso de integración se
desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia
intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de
administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se ha
adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al
régimen de neutralidad fiscal.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades
participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de
los balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden
oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/
2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante
el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación.
Barcelona, 8 de marzo de 2023.- Administrador único de ambas sociedades, D.
Tuomas Hermanni Iivanainen.
ID: A230008698-1

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Las operaciones de la Sociedades Absorbida se considerarán realizadas por
cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de
2023.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958