SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2023-931)
CREA MADRID NUEVO NORTE, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 52

Miércoles 15 de marzo de 2023

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- A MERLIN PROPERTIES SOCIMI S.A. (CIF 86977790 y domicilio social en
Madrid (28046), Paseo de la Castellana 256) le correspondería la suscripción de
10.117 acciones ordinarias y nominativas de 300,51 euros de valor nominal cada
una de ellas, con números del 747.048 al 757.164 ambos inclusive, y por un
importe total de 3.040.259,67 euros, por lo que la cantidad a desembolsar por ella
en caso de suscripción total asciende a la suma de 3.040.259,67 euros.
d. Se concede a los señores accionistas el derecho de suscripción preferente
sobre un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que
posean durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del
anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del
Registro Mercantil, en los términos previstos en el artículo 305.2 de la Ley de
Sociedades de Capital.
Las acciones no suscritas por un accionista en ejercicio del derecho de
suscripción preferente dentro del plazo de un mes o su prórroga, podrán ser
suscritas y desembolsadas por otro accionista dentro de los cinco días siguientes a
la finalización del citado plazo de un mes.
e. El desembolso de cada una de las acciones emitidas se efectuará mediante
ingreso o transferencia a la cuenta corriente de la Sociedad n.º ES70 0182-399939-0209665680 en el plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente (un
mes) o en el sucesivo de cinco días siguientes a la finalización de dicho plazo
cuando la suscripción se produzca durante la segunda vuelta, entendiéndose
suscritas las acciones correspondientes por el mero hecho del desembolso de las
mismas en la cuenta bancaria expresada dentro de los mencionados plazos.
f. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de
Capital, en caso de que el aumento de capital acordado no se suscriba
íntegramente dentro de los plazos fijados para su suscripción, el capital se
aumentará exclusivamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas dentro de
los plazos establecidos, previéndose en consecuencia la posibilidad de suscripción
incompleta de la misma.
g. Todos los gastos que puedan derivarse de esta ampliación de capital serán
por cuenta de la Sociedad».
B. Modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.
«Modificar el artículo cinco (5) de los Estatutos Sociales, relativo al capital
social de la Sociedad, con el fin de adaptarlo a la ampliación de capital acordada y,
en consecuencia, aprobar la nueva redacción del mismo en los siguientes
términos:

a) Capital social. - El capital social, que está totalmente suscrito y
desembolsado, se fija en la cifra de DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES
QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES
EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (227.535.353,64 €).
b) Acciones. - El capital social se divide en 757.164 ACCIONES
NOMINATIVAS con un valor nominal de 300,51 Euros cada una de ellas, de clase
y serie única, totalmente desembolsadas, numeradas correlativamente del 1 al
757.164 ambos inclusive.

cve: BORME-C-2023-931
Verificable en https://www.boe.es

"Artículo 5.