SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-8227)
JAZZ PHARMACEUTICALS IBERIA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) GW PHARMA SPAIN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 245

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

8227

JAZZ PHARMACEUTICALS IBERIA, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GW PHARMA SPAIN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, la "LME"), se hace público que el día 20 de diciembre de 2022 el socio
único de Jazz Pharmaceuticals Iberia, S.L.U. con N.I.F. número B-66.114.116 (en
adelante, "Jazz"), aprobó la fusión por absorción de GW Pharma Spain, S.L.U. con
N.I.F. número B-88.290.879 (en adelante, "GW Pharma"), sociedad íntegramente
participada por Jazz (en adelante, la "Fusión"). Como consecuencia de la Fusión
se producirá la extinción de GW Pharma y la transmisión en bloque de su
patrimonio social a Jazz, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en
los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio social.
En adelante, Jazz y GW Pharma serán referidas, conjuntamente, como las
"Sociedades Participantes".
Los acuerdos relativos a la Fusión fueron adoptados en los términos que
resultan del proyecto de fusión formulado, redactado y suscrito por los órganos de
administración de las Sociedades Participantes con fecha de 20 de diciembre de
2022 (en adelante, el "Proyecto de Fusión"). Asimismo, en aplicación de lo previsto
en el artículo 42 de la LME, el socio único de Jazz ha aprobado los acuerdos
pertinentes en relación a Fusión ejerciendo las competencias de la Junta General,
no siendo preciso (i) publicar o depositar el Proyecto de Fusión ni los restantes
exigidos por la LME con carácter previo a la aprobación de la Fusión, así como
tampoco (ii) preparar el informe de los administradores sobre el Proyecto de
Fusión, respetándose en todo caso los derechos de información expresamente
recogidos en el artículo 42.2 de la LME.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de
cualquiera de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los
acuerdos de la Fusión aprobados y de los respectivos Balances de Fusión, así
como del derecho de todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades
Participantes a oponerse a la Fusión en los términos y con los efectos legalmente
previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último
anuncio de los acuerdos de Fusión. Se hace constar que la anterior información
está, asimismo, a disposición de los socios, obligacionistas y titulares de derechos
especiales, pudiendo examinarla en el domicilio social de dichas sociedades o, si
así lo solicitan, mediante la entrega o envío gratuito de dicha información.

cve: BORME-C-2022-8227
Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar que, dado que GW Pharma, se encuentra íntegramente
participada de forma directa por Jazz, es de aplicación el régimen simplificado
previsto en el artículo 49.1 de la LME, no habiendo resultado necesario (i) incluir en
el Proyecto de Fusión las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la LME; (ii)
los informes de administradores y expertos independientes sobre el Proyecto de
Fusión; (iii) el aumento de capital en Jazz; y (iv) la aprobación de la Fusión por el
socio único de GW Pharma.