SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-8225)
INGENIERÍA, OBRAS Y TECONOLOGÍA EUROPEA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) POINT OF INTEREST, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 245

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

8225

INGENIERÍA, OBRAS Y TECONOLOGÍA EUROPEA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
POINT OF INTEREST, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo
sucesivo LME), se hace público que por acuerdo unánime de la Junta General
Universal de Socios de POINT OF INTEREST, S.L. (Sociedad Absorbida)
celebrada el 15 de diciembre de 2022 y así como mediante las decisiones
adoptadas con fecha 15 de diciembre de 2022 por el representante de dicha
sociedad en su condición de Socio Único de INGENIERÍA, OBRAS Y
TECONOLOGÍA EUROPEA, S.L (Sociedad Absorbente), se aprobó la fusión
inversa por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual INGENIERÍA,
OBRAS Y TECONOLOGÍA EUROPEA, S.L. absorbe la sociedad POINT OF
INTEREST, S.L. con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la
Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y
consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad
Absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión inversa
suscrito el día 17 de noviembre de 2022, por los órganos de administración de las
Sociedades participantes en la fusión.
La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la Sociedad Absorbida es titular
de forma directa de la totalidad de las participaciones en las que se divide el capital
social de la Sociedad Absorbente y el acuerdo de fusión ha sido adoptado en Junta
Universal y por unanimidad en ambas sociedades por lo que, de acuerdo con lo
que dispone el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 de la LME y el artículo 42
de dicho texto legal,, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o
depositar los documentos exigidos por la ley, no procede establecer ningún tipo de
canje de las participaciones sociales, ni ampliar el capital social de la Sociedad
Absorbente, ni la elaboración de los informes de los administradores y expertos
independientes sobre Proyecto común de Fusión.

Madrid, 15 de diciembre de 2022.- En su condición de Administrador Único de
la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, D. Ángel Jesús Martín
Gómez.
ID: A220052214-1

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Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009,
se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión
adoptados, así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de
abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se
fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la
publicación del último anuncio de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958