SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-8094)
FONBRA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) KINGPACK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 240

Martes 20 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

8094

FONBRA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
KINGPACK, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

ACUERDO DE FUSIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el Título II de la Ley 3/2009 de 3 de abril
sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público
que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de FONBRA, S.A. Y
KINGPACK, S.L., celebradas en Sant Andreu de la Barca (Barcelona) y Barcelona
respectivamente el día 12 de Diciembre de 2022, aprobaron por unanimidad la
fusión por absorción de FONBRA, S.A, (sociedad absorbente) y KINGPACK, S.L.
(sociedad absorbida). Por pertenecer las dos sociedades al mismo Grupo, la fusión
se efectúa sin ampliación de capital ni canje de valores, conforme a lo establecido
en los artículos 49.1 y 52.1 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril sobre modificaciones
estructurales de las Sociedades Mercantiles, con transmisión a título universal de
su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la
absorbida.
Dicha fusión se acordó en los términos del Proyecto redactado y suscrito por
los Administradores con fecha 15 de Noviembre de 2022 y en base a los Balances
de 30 de Septiembre de 2022, que fueron aprobados como Balances de fusión por
FONBRA, S.A. y KINGPACK, S.L. respectivamente, habiendo dado además cada
una de las Sociedades debido cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 42 de
la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades
Mercantiles.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las dos Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión
adoptados, así como los Balances de fusión aprobados.
Asimismo, los acreedores de cada una de las Sociedades podrán oponerse a
la fusión en los términos señalados en el Artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril
sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, en el plazo de
un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Sant Andreu de la Barca (Barcelona), 13 de diciembre de 2022.- El
Administrador único, Mercedes Vallés Pérez.

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