SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2022-8086)
VIVERO DE INVERSIONES SICAV, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 239

Lunes 19 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

8086

VIVERO DE INVERSIONES SICAV, S.A.

De conformidad con los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Vivero de Inversiones SICAV, S.A., de fecha 22 de
noviembre de 2022, así como los artículos 319 y 346 y siguientes de la Ley de
Sociedades de Capital, se han adoptado por unanimidad, entre otros, los acuerdos
siguientes.
I. La derogación íntegra de los actuales Estatutos Sociales y la aprobación de
un nuevo texto refundido de acuerdo con la normativa de aplicación, modificando
su objeto social, siendo el nuevo objeto social el siguiente:
a) La adquisición, tenencia, administración, dirección y gestión de títulos,
acciones, participaciones sociales, o cualquier forma de representación de
participación en el capital de entidades mercantiles, así como de obligaciones,
canjeables o no, bonos comerciales, partes de fundador, bonos de disfrute, valores
mobiliarios de renta fija o variable, admitidos o no a cotización en bolsas oficiales,
derechos de suscripción de sociedades españolas o extranjeras, incluidos bonos y
pagarés del Tesoro, Deuda Pública, letras de cambio y certificados de depósito,
todo ello con plena sujeción a la legislación aplicable, y exclusión expresa de las
actividades reguladas por la legislación de los mercados de valores e Instituciones
de Inversión Colectiva.
b) La compra, venta, administración, arrendamiento y explotación, bajo
cualquier forma o modalidad, de fincas rústicas o urbanas y la realización de toda
clase de operaciones inmobiliarias incluido el asesoramiento en esta materia.
Queda excluido el arrendamiento financiero activo y aquellas actividades que,
hallándose sujetas a legislación especial, requieran unas formalidades o requisitos
distintos a los que reúne esta Sociedad.
Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o
parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o de
participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo. Si la realización de
las anteriores actividades requiriese la obtención de licencia, autorización
administrativa, concesión o cualquier otro título habilitante, la Sociedad no
comenzará a desarrollarlas hasta el momento en que obtenga la correspondiente
licencia, autorización administrativa, concesión o título habilitante. Si la realización
de las anteriores actividades estuviera reservada a quienes debieran ostentar un
determinado título profesional, las mismas serán realizadas en la Sociedad a
través de persona que estuviera en posesión del correspondiente título profesional.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas que no hubieran
votado a favor del acuerdo de modificación de objeto social de en el plazo de un
mes ejercer su derecho de separación, conforme al artículo 348 de la Ley de
Sociedades de Capital, procediéndose a su ejecución una vez finalizado el mismo
sin haberse procedido al ejercicio del derecho.
II. Reducir, tanto por unanimidad de los asistentes a dicha Junta, como por
unanimidad de los accionistas afectados que están presentes y que equivalen al
62,03 por 100 de los accionistas afectados, el capital social, con la finalidad de

cve: BORME-C-2022-8086
Verificable en https://www.boe.es

Dichas actividades podrán ser realizadas tanto en el ámbito nacional como en
el internacional.