SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-8054)
LABORAL RISK SERVICIO DE PREVENCIÓN, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBENTE) SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 238

Viernes 16 de diciembre de 2022

Pág. 9596

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

8054

LABORAL RISK SERVICIO DE PREVENCIÓN, S.L. (SOCIEDAD
UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN, S.L. (SOCIEDAD
UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se
hace público que el día 9 de diciembre de 2022 el socio único de LABORAL RISK
SERVICIO DE PREVENCION, S.L. (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad
Absorbente") y de SISTEMAS DE GESTION DE LA PREVENCIÓN S.L. (Sociedad
Unipersonal) (la "Sociedad Absorbida"), las dos sociedades intervinientes en la
fusión, en ejercicio de sus competencias, ha aprobado la fusión por absorción de la
Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente. La fusión implica la transmisión
en bloque por sucesión universal del patrimonio de la sociedad absorbida a la
sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la absorbida, circunstancia
que conllevará la extinción de la misma.
Dicha fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el
Proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de Administración
de las sociedades intervinientes el mismo día 9 de diciembre de 2022. Las
decisiones de fusionar dichas sociedades por el socio único de ambas sociedades,
conlleva que estas fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad
por el socio único de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia,
de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se
ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos
exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de
fusión, todo ello de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el
artículo 49 LME. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas
sociedades, cerrados al 29 de junio de 2022.

Lleida, 10 de diciembre de 2022.- Administrador único, Gerardo Fernandez
Castro.
ID: A220050479-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2022-8054
Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las
sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos
en la Ley 3/2009. Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los
trabajadores, a los representantes de los mismos y a los socios de las sociedades
que se fusionan que así lo soliciten al examen en el domicilio social de cada
sociedad de una copia íntegra de los documentos de la fusión, así como a la
entrega o envío gratuito de un ejemplar de cada uno de ellos en los términos de la
referida Ley 3/2009.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958