SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7997)
LOCALES AMIEL, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) LOCALES EMA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE) VEREDA DEL PILAR, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 235

Martes 13 de diciembre de 2022

Pág. 9527

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7997

LOCALES AMIEL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LOCALES EMA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)
VEREDA DEL PILAR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73,
todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de
las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo la "Ley") y demá s disposiciones
aplicables, se hace público que, con fecha 22 de noviembre de 2022, la Junta
General Extraordinaria y Universal de LOCALES AMIEL, S.L. (sociedad escindida),
acordó, por unanimidad, aprobar la escisión total de la sociedad, con la extinción
de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso en bloque de
todo su patrimonio social a dos sociedades beneficiarias preexistentes, LOCALES
EMA, S.L. y VEREDA DEL PILAR, S.L., (las Sociedades Beneficiarias).
Se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente adoptado
por unanimidad de los socios de las Sociedades Beneficiarias mediante acuerdo
de su junta general de fecha 22 de noviembre de 2022, conforme a los términos
establecidos en el proyecto de escisión total común elaborado por los órganos de
administración de las sociedades escindida y beneficiarias de la escisión, y
aprobada de forma unánime por el 100 por 100 de sus capitales sociales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley, el acuerdo de
escisión total ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente
los documentos exigidos por la Ley, y sin informe de los administradores, al
haberse adoptado por la decisión unánime de los socios de las sociedades
participantes en la escisión total.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las sociedades intervinientes en el proceso de escisión a obtener gratuitamente
el texto íntegro del acuerdo de escisión total adoptado y los balances de escisión.

Madrid, 22 de noviembre de 2022.- Don Gregorio Marañón y Bertrán de Lis,
Administrador Solidario de Locales Amiel, S.L y Administrador Único de Locales
Ema, S.L. y Doña Pilar de Solís y Martínez Campos, Administradora Única de
Vereda del Pilar, S.L.
ID: A220049625-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2022-7997
Verificable en https://www.boe.es

Del mismo modo, se hace constar el derecho de oposición a la operación de
escisión total que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro
del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo
de escisión total, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la
Ley.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958