SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7687)
FELIX MARTIN SUÑER, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FABRICACION ESPECIAL DE MAQUINARIA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 225

Viernes 25 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7687

FELIX MARTIN SUÑER, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
FABRICACION ESPECIAL DE MAQUINARIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"),
se hace público que las Juntas Generales de Felix Martin Suñer, S.A.U., y
Fabricación Especial De Maquinaria, S.A.U., válidamente constituidas en sesión
extraordinaria y celebradas con carácter de universal, el día 10 de noviembre de
2022, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de Fabricación
Especial De Maquinaria, S.A.U. (sociedad absorbida), por parte de Felix Martin
Suñer, S.A.U. (sociedad absorbente), en los términos y condiciones previstos en el
Proyecto Común de Fusión, suscrito, el día 7 de junio de 2022, por los órganos de
administración de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la LME, no es necesario
incluir en el Proyecto Común de Fusión las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del
artículo 31, ni procede elaborar los informes de los administradores y de expertos
sobre el Proyecto Común de Fusión. No se producirá, como consecuencia de la
fusión, ampliación de capital ni modificación estatutaria alguna en la sociedad
absorbente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la LME, el Proyecto
Común de Fusión no ha sido objeto de publicación ni de depósito en el Registro
Mercantil, sin perjuicio de los derechos de información sobre la fusión que asisten
a los trabajadores de las sociedades participantes, en especial, sobre los efectos
que pudiera tener sobre el empleo.
La fusión aprobada, que tiene carácter de gemelar, por cuanto la sociedad
absorbida está íntegramente participada por el mismo accionista/socio único que la
sociedad absorbente, consistirá en la entera transmisión en bloque del patrimonio
social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin
liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por
la sociedad absorbente, y no implicará el aumento de capital de la Sociedad
Absorbente, que llevará a reservas el incremento de patrimonio producido como
consecuencia de la operación.

Arganda del Rey, 16 de noviembre de 2022.- La Administradora Solidaria de la
entidades participantes en la fusión, Doña Concepción Martin Suñer.
ID: A220047600-1

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De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace
constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y
de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el
derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades participantes,
durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio
del acuerdo de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958