SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2022-7609)
PLYZOSMAR SICAV, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 224

Jueves 24 de noviembre de 2022

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dispuesto en los Estatutos Sociales y legislación vigente.
* Se informa del derecho de acogerse al régimen de reinversión de la cuota de
liquidación, al amparo de lo previsto en la letra c) del apartado 2 de la disposición
transitoria cuadragésima primera de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del
Impuesto de Sociedades:
Para aquellos accionistas que se acojan al citado régimen de reinversión, este
derecho podrá ejercitarse mediante la solicitud de reinversión de la totalidad de la
cuota de liquidación adjudicada en efectivo, y/o mediante la adjudicación en su
cuota de liquidación social de participaciones del Fondo DP Ahorro FI, inscrito en
los registros de la CNMV con número 3731, (en adelante el Fondo), de acuerdo
con la consulta vinculante V0574-22 de la Dirección General de Tributos de 21 de
marzo de 2022, titularidad de la SICAV que formen parte del activo del balance
final de liquidación, y por el valor liquidativo publicado para dicho Fondo el mismo
día de celebración de la Junta.
El Folleto completo del Fondo así como el documento con los datos
fundamentales para el inversor y los últimos informes anual y trimestral publicados
pueden solicitarse gratuitamente y ser consultados en la página web de la
Sociedad Gestora (www.andbank.es/andbank-wealth-management/fondos/), en las
entidades comercializadoras, así como en los Registros de la CNMV.
Es responsabilidad de cada accionista revisar atentamente los citados
documentos antes de proceder a la solicitud, en su caso, de la opción de cobro de
la cuota de liquidación mediante adjudicación de participaciones del citado Fondo.
La opción de reinversión de la cuota de liquidación social mediante la
adjudicación (en todo o en parte) de participaciones del Fondo a la que tienen
derecho todos los socios de la SICAV, deberá ser comunicada por el accionista en
cuestión a la SICAV mediante comunicación fehaciente y a su domicilio social, con
un mínimo de 10 días de antelación a la fecha de celebración de la Junta, no
resultando posible el ejercicio de esta opción en otro caso. En cualquier caso, el
ejercicio de esta opción está condicionado a la aprobación unánime de todos los
asistentes.
Los accionistas que no asistan a la Junta podrán comunicar a la SICAV en
liquidación su decisión de acogerse al régimen de reinversión únicamente
mediante la solicitud de reinversión de la totalidad de la cuota de liquidación
adjudicada en efectivo dentro del plazo de dos meses desde la adopción del
acuerdo de disolución y liquidación, mediante comunicación fehaciente dirigida al
Liquidador de la SICAV a su domicilio social.

Madrid, 14 de noviembre de 2022.- El Presidente del Consejo de
Administración, Don Jose Antonio Martija Martínez.
ID: A220047319-1

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cve: BORME-C-2022-7609
Verificable en https://www.boe.es

Los accionistas que no hagan en tiempo y forma alguna de las comunicaciones
señaladas en los dos párrafos previos, recibirán su cuota de liquidación social en
efectivo sin reinversión de la misma conforme a la disposición transitoria
cuadragésima primera de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de
Sociedades.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958