SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7641)
GLOBAL ZARATHOS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) GLOBAL ZARATHOS REAL ESTATE, S.L. GLOBAL ZARATHOS MARITIME, S.L. GLOBAL ZARATHOS INVESTMENTS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 224

Jueves 24 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7641

GLOBAL ZARATHOS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
GLOBAL ZARATHOS REAL ESTATE, S.L. GLOBAL ZARATHOS
MARITIME, S.L. GLOBAL ZARATHOS INVESTMENTS, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo
73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de
las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General
Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad Global Zarathos, S.L. (la
"Sociedad Escindida"), en fecha 17 de noviembre de 2022, aprobó por unanimidad
la escisión total de Global Zarathos, S.L., con división total de su patrimonio en tres
partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a
favor de tres sociedades beneficiarias de nueva constitución que se denominarán
"Global Zarathos Real Estate, S.L.", "Global Zarathos Maritime, S.L." y "Global
Zarathos Investments, S.L." (las "Sociedades Beneficiarias"). Las tres nuevas
sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente como consecuencia de
la escisión total y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida,
recibiendo los socios de la Sociedad Escindida un número de participaciones de
las tres Sociedades Beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la
Sociedad Escindida.
Sirve de base para esta operación el balance de escisión cerrado a 30 de
septiembre de 2022 y aprobado por la misma Junta de la Sociedad Escindida de
forma unánime. La escisión total proporcional implicará la transmisión por sucesión
universal de todo el patrimonio de la Sociedad Escindida, que quedará disuelta y
extinguida, en tres bloques, a favor de las tres Sociedades Beneficiarias que se
constituyen al efecto, con el consiguiente traspaso de los activos y pasivos de la
Sociedad Escindida, en los términos del proyecto de escisión total proporcional
suscrito en fecha 17 de octubre de 2022 por el Órgano de Administración de la
Sociedad Escindida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la
Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y el balance de escisión. Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a
los acreedores de la Sociedad Escindida a oponerse a la escisión total durante el
plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión en
los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.
Madrid, 17 de noviembre de 2022.- El Administrador Único de la Sociedad
Escindida, Juan José Moisés Arroyo García.
ID: A220047240-1

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Dado que el acuerdo de escisión total ha sido aprobado de forma unánime por
parte de la Junta de Socios de la Sociedad Escindida, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 42 en relación con el artículo 73.1 y el artículo 78 bis de la
LME no ha resultado necesario: (i) publicar o depositar previamente a la
aprobación los documentos exigidos por la ley; (ii) preparar el informe de los
administradores sobre el proyecto de escisión total; y (iii) preparar el informe de
expertos independientes sobre el proyecto de escisión total.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958