SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7619)
ESCARATE ASESORES, S.L.P. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ESCARATE CONCURSAL, S.L.P. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 224

Jueves 24 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7619

ESCARATE ASESORES, S.L.P.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESCARATE CONCURSAL, S.L.P.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace
público que los Socios de la Sociedad Absorbente decidieron en acuerdo de Junta
General Universal celebrada el día 21 de septiembre de 2022 aprobar la fusión por
absorción de "ESCARATE ASESORES, S.L.P.", como Sociedad Absorbente y la
Sociedad ESCARATE CONCURSAL, S.L.P. como Sociedad Absorbida,
extinguiéndose ésta última sin liquidación y transmitiéndose en bloque todos sus
activos y pasivos a la Sociedad Absorbente; todo ello según los Balances cerrados
a 31 de Julio de 2022 y el Proyecto Común de Fusión de fecha 20 de Septiembre
de 2022.
Se trata de una fusión especial regulada en el artículo 49 de la LME que
implica la absorción de sociedades en las que la Sociedad Absorbente participa
directa o indirectamente. La operación puede realizarse sin necesidad de que
concurran determinados requisitos del artículo 31 de la LME.
El Proyecto Común de Fusión contiene las menciones exigidas en el artículo
31 de la LME, con las exclusiones permitidas por el artículo 49 de la LME. De igual
manera tampoco procede, de acuerdo con el citado precepto, ni efectuar un
aumento de capital social por parte de la Sociedad Absorbente, ni elaborar informe
de administradores y de expertos sobre el Proyecto Común de fusión, así como
tampoco la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.
Por último, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de
las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de
las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos
establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a
partir de la publicación del último anuncio de fusión.
En Madrid, 22 de noviembre de 2022.- La Secretaria del Consejo de
Administración de Escarate Asesores, S.L.P., Ainhoa Méndez Segovia.

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