SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7512)
NUEVAS ACTIVIDADES URBANAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) DESARROLLOS URBANÍSTICOS ALBUFERA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA 1) CLUBISA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA 2)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 222

Martes 22 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7512

NUEVAS ACTIVIDADES URBANAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
DESARROLLOS URBANÍSTICOS ALBUFERA, S.L., SOCIEDAD
UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA 1)
CLUBISA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA
2)

Anuncio de Fusión por Absorción simultáneas
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de Nuevas
Actividades Urbanas, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 27 de
junio de 2022, aprobó la fusión por absorción de Desarrollos Urbanísticos Albufera,
S.L.U. (la "Sociedad Absorbida 1"), sociedad íntegramente participada por la
Sociedad Absorbente y, en unidad de acto y de manera simultánea, la fusión por
absorción de Clubisa, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida 2"), sociedad íntegramente
participada por la Sociedad Absorbida 1; todo ello en los términos establecidos en
el proyecto común de fusión de fecha 27 de junio de 2022 (el "Proyecto de
Fusión").
En adelante se podrá hacer referencia conjuntamente a Clubisa, S.A.U. y a
Desarrollos Urbanísticos Albufera, S.L.U. como las "Sociedades Absorbidas", y a
éstas junto con Nuevas Actividades Urbanas, S.L. como las "Sociedades a
Fusionar".
Las referidas fusiones implican la transmisión en bloque del patrimonio de las
Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente; así como la disolución sin
liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción
de las mismas.
En la medida en que es de aplicación lo previsto en los artículos 42 y 49 de la
LME, las fusiones simultáneas se han acordado sin necesidad de publicar o
depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores
sobre el Proyecto de Fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada
una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

En Valencia, 21 de noviembre de 2022.- El Presidente del Consejo de
Administración de Nuevas Actividades Urbanas, S.L., Don Federico Ferrando
Valverde; los administradores mancomunados de Desarrollos Urbanísticos
Albufera, S.L.U, Don Federico Ferrando Valverde y Atitlan Grupo Empresarial, S.L.
representada por Don Agustín Pérez Pardo; y el Presidente del Consejo de
Administración de Clubisa, S.A.U. la mercantil Isaleti Valencia, S.L., representada
por Don Carlos Giner Quilis.
ID: A220047246-1

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Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las
Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos
previstos en el artículo 44 LME.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958