SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7532)
NORDEX ENERGY SPAIN, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) NORDEX ELECTROLYZERS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 222

Martes 22 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7532

NORDEX ENERGY SPAIN, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NORDEX ELECTROLYZERS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles
("LME"), se hace público que el accionista único de la sociedad Nordex Energy
Spain, S.A.U. (Sociedad Escindida), decidió, el día 21 de noviembre de 2022, llevar
a cabo la escisión parcial de su rama de actividad consistente en la unidad de
negocio relativa a la fabricación, diseño, desarrollo tecnológico y comercialización
de sistemas, soluciones y productos, incluidos equipos y sistemas de producción
de hidrógeno basados en la electrólisis y su consiguiente transmisión en bloque a
la sociedad de nueva creación Nordex Electrolyzers, S.L.U. (Sociedad
Beneficiaria), la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la
presente escisión parcial adquirirá por sucesión universal la rama de actividad
anteriormente citada, adjudicando al accionista único de la Sociedad Escindida las
nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria. La escisión se ha
llevado a cabo de conformidad con el proyecto de escisión de fecha 30 de junio de
2022.
Se hace constar que, por aplicación del artículo 78 bis, no ha sido preciso
elaborar el informe de administradores sobre el proyecto de escisión ni el
nombramiento de expertos independientes. Tampoco ha sido necesaria la
publicación o el depósito del proyecto de escisión en virtud del artículo 42 LME.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los
acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto
íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, y se informa a los
acreedores del derecho que les asiste de oponerse a la mencionada escisión
parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último
anuncio de escisión, en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LME,
por remisión del artículo 73 de la misma ley.
Barásoain, 21 de noviembre de 2022.- Los Administradores Mancomunados,
Víctor Moisés Equísoain Janáriz y Miguel Ángel Vallejo García.

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