SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2022-7540)
MOVILE MOBILE COMMERCE HOLDINGS S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 222

Martes 22 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

7540

MOVILE MOBILE COMMERCE HOLDINGS S.L.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 304 y 305 de la Ley de
Sociedades de Capital, se comunica que, con fecha 11 de noviembre de 2022, la
Junta General Extraordinaria de socios de la sociedad Movile Mobile Commerce
Holdings, S.L. (la "Sociedad"), debidamente convocada, acordó por mayoría del
94,45% del capital social, entre otros, el aumento de capital social con cargo a
aportaciones dinerarias limitado a la creación y puesta en circulación de hasta
DIECISIETE MIL TRESCIENTAS CATORCE (17.314) participaciones sociales de
un céntimo (0,01€) de valor nominal y con una prima de asunción de
9,60119671941781 € para cada una de ellas, de iguales derechos y deberes que
las preexistentes de la misma clase.
Cada socio tiene derecho a asumir un número de participaciones sociales
emitidas en igual proporción que la que ostentaban antes del aumento de capital.
Los socios podrán ejercer su derecho de asunción preferente durante el plazo de
un (1) mes desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de las nuevas
participaciones sociales en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". Durante el
mencionado plazo, los socios deberán, en su caso, comunicar por escrito al órgano
de administración de la Sociedad su voluntad de asumir las participaciones
sociales emitidas que les corresponda o en la cantidad en la que quieran participar
en el aumento de capital, acreditando su desembolso en la cuenta corriente de la
Sociedad. Finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de asunción preferente,
el órgano de administración ofrecerá las participaciones no asumidas a los socios
que lo hubieran ejercitado, para su asunción y desembolso en quince días. Si
existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas
se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la
Sociedad.
Si el aumento del capital social no se ha desembolsado íntegramente dentro
del plazo fijado al efecto, el capital quedará aumentado en la cuantía
desembolsada. Una vez ejecutado el acuerdo de aumento del capital social, el
órgano de administración dará nueva redacción a los estatutos sociales a fin de
recoger en los mismos la nueva cifra de capital social, a cuyo efecto se entenderá
facultado por el acuerdo de aumento.
Ámsterdam, (Países Bajos), 11 de noviembre de 2022.- El Presidente del
Consejo de Administración, D. Roger Clark Rabalais.

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