SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7456)
MEDIAOIL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARGÓN OIL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 221

Lunes 21 de noviembre de 2022

Pág. 8912

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7456

MEDIAOIL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE)
MARGÓN OIL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace
público que el socio único de las mercantiles MEDIAOIL S.L. (sociedad
absorbente), y MARGON OIL S.L. (sociedad absorbida), ejerciendo las
competencias de las respectivas Juntas Generales celebradas con carácter
Universal el 31 de Octubre de 2022, acordaron por unanimidad la fusión por
absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las
sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por
sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la
misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por las
citadas compañías de fecha 31 de Octubre de 2022. Dicha fusión fue aprobada
sobre la base de los Balances específicos de dichas sociedades cerrados a 31 de
octubre de 2022.
Las operaciones de fusión por absorción aprobadas implican la extinción sin
liquidación de la Sociedad Absorbida y la trasmisión en bloque de su patrimonio a
la Sociedad Absorbente, que lo adquiere por sucesión universal.
Se hace constar expresamente que la fusión gemelar por absorción de la
sociedad MARGON OIL, S.L. por parte de MEDIAOIL, S.L. se llevará a cabo
conforme a los artículos 42, 49.1 y 52.1 de la LME, y no implicará el aumento del
capital de la Sociedad Absorbente, que llevará a reservas el incremento del capital
producido como consecuencia de la operación
Conforme a lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balance de
fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión
en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión
de acuerdo con el artículo 44 LME.
Cartagena, 16 de noviembre de 2022.- Administrador y socio único de las
sociedades absorbente y absorbida, Martín Mir Mayor.

cve: BORME-C-2022-7456
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220046460-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958