SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7454)
LEVANTE CLUB, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SERVICIOS TURÍSTICOS FADESIK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 221

Lunes 21 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7454

LEVANTE CLUB, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SERVICIOS TURÍSTICOS FADESIK, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de Fusión por Absorción
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49 y 52 de la Ley 3/
2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Levante Club, S.L.U. (la
"Sociedad Absorbente"), y la junta general extraordinaria de socios de Servicios
Turísticos Fadesik, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), ambas celebradas con fecha 11
de noviembre de 2022, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y
Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por
absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente en los
términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 15 de junio de
2022 (el "Proyecto").
La fusión implica la transmisión a título universal y en bloque del patrimonio de
la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de
la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión
son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido
adoptado en junta general de socios con la asistencia o representación de todos
ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o
depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores
sobre el Proyecto. Asimismo, de conformidad con el artículo 52 LME, en la medida
en que la Sociedad Absorbida es titular de todas las participaciones de la Sociedad
Absorbente, son de aplicación los requisitos establecidos en el artículo 49 LME.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada
una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión, los cuales se
encuentran a su disposición en el domicilio social de las Sociedades a Fusionar.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las
Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos
previstos en el artículo 44 LME.
Benidorm, 11 de noviembre de 2022.- Don Erik Vicente Devesa Sik,
Administrador solidario de Servicios Turísticos Fadesik, S.L. (Sociedad Absorbida)
y administrador único de Levante Club, S.L.U. (Sociedad Absorbente).
cve: BORME-C-2022-7454
Verificable en https://www.boe.es

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958