SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7399)
ZEMSANIA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ZEMSANIA INTERNATIONAL, S.L.U., Y ZEMSANIA INNOVATION, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 220

Viernes 18 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7399

ZEMSANIA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZEMSANIA INTERNATIONAL, S.L.U., Y ZEMSANIA INNOVATION,
S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Anuncio de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3
de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, la "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y
Universal de Socios de ZEMSANIA, S.L., provista de NIF B-63130074 (Sociedad
Absorbente), ha aprobado, en fecha 16 de noviembre de 2022, la aprobación de la
fusión por absorción de ZEMSANIA INTERNATIONAL, S.L.U., provista de NIF B66901414 y ZEMSANIA INNOVATION, S.L.U., provista de NIF B-66901380
(Sociedades Absorbidas), adquiriendo la Sociedad Absorbente la totalidad del
patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas
sin apertura del procedimiento de liquidación, todo ello en los términos y
condiciones expuestos en el Proyecto de Fusión, suscrito en fecha 30 de junio de
2022 por el Órgano de Administración de cada una de dichas sociedades
participantes.
Dicha fusión implica la disolución de las Sociedades Absorbidas y el traspaso
en bloque de la totalidad de sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, quien
adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.
La fusión se realiza conforme a lo previsto en el artículo 49.1 de la LME, y, en
consecuencia, no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto
de Fusión de las menciones de los apartados 2º, 6º, 9º y 10º del artículo 31 de la
LME, (ii) los informes de Administradores y expertos independientes sobre el
Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la
aprobación de la fusión por la Junta General de las Sociedades Absorbidas.
Asimismo, al haberse aprobado la fusión por parte de la Sociedad Absorbente en
una Junta de carácter universal, no fue necesario publicar o depositar previamente
los documentos exigidos por la Ley y tampoco el informe de administradores sobre
el Proyecto de Fusión.

Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y
representantes de los trabajadores de los documentos a los que hace referencia el
artículo 39 de la LME.
Barcelona, 16 de noviembre de 2022.- Daltia ITC Consulting,S.L. (representada
por D. Guillermo Javier Pérez Millán) y Pirene Iniciatives, S.L. (representada por D.
Francisco Javier Sánchez González), como, Administradoras solidarias de
Zemsania, S.L., Zemsania Innovation, S.L.U., y Zemsania International, S.L.U.
ID: A220046613-1

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cve: BORME-C-2022-7399
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De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace
constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
respectivas sociedades participantes a obtener el texto íntegro del acuerdo
adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a
los acreedores, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del
último anuncio de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958