SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7386)
MCCI MEDITERRANEA CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) NAUS SERPAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 220

Viernes 18 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7386

MCCI MEDITERRANEA CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NAUS SERPAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD
ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 (en lo sucesivo "LME") se
hace público que por acuerdo unánime de la Junta General Universal de Socios de
"MCCI MEDITERRANEA CONSTRUCCIONES, S.L." (Sociedad Absorbente)
celebrada el 1 de noviembre de 2022 y así como mediante las decisiones
adoptadas con fecha 1 de noviembre de 2022 por el representante de dicha
sociedad en su condición de Socio Único de "NAUS SERPAL, S.L." Unipersonal
(Sociedad Absorbida), se aprobó la fusión por absorción entre dichas sociedades
en virtud de la cual "MCCI MEDITERRANEA CONSTRUCCIONES, S.L." absorbe
la sociedad "NAUS SERPAL, S.L." Unipersonal con disolución sin liquidación de la
sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes,
derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y
sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del
cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y
condiciones del proyecto de fusión.
La fusión ha sido aprobada por Unanimidad por la Junta Universal y Decisiones
de Socio Único de todas las sociedades participantes, por lo que se aplica lo
dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, y no se publica ni depositan
previamente los documentos exigidos por la Ley, ni se emite informe de los
administradores sobre el Proyecto de Fusión. A dicho efecto se deja constancia de
que, siendo de aplicación el régimen para "Fusiones Especiales por Absorción de
sociedades íntegramente participadas", establecido en el artículo 49 de la Ley 3/
2009, no se emiten, por no ser exigibles, los informes de administradores y
expertos sobre el proyecto de fusión. La fusión se aprueba de acuerdo con (i) las
menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por los
Órganos de Administración de las Sociedades participantes con fecha 1 de
noviembre de 2022, y (ii), los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados a
30 de septiembre de 2022, debidamente aprobados.

Gandia, 10 de noviembre de 2022.- Administrador único de "Mcci Mediterranea
Construcciones, S.L." (Sociedad absorbente) y de "Naus Serpal, S.L." Unipersonal
(Sociedad absorbida), José Planes Pastor.
ID: A220046308-1

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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de
fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión
en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo
de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958