SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7403)
FRIZE PROMOTORES, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) EL BODONAL DE INVERSIONES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 220

Viernes 18 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7403

FRIZE PROMOTORES, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
EL BODONAL DE INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, "LME"), en relación con los artículos 70 y 73 y siguientes del mimo texto
legal, se hace público que con fecha 8 de noviembre de 2022, la Junta General
Extraordinaria y Universal de la entidad FRIZE PROMOTORES, S.L. (en adelante,
"Sociedad Parcialmente Escindida"), y la Junta General Extraordinaria y Universal
de la entidad EL BODONAL DE INVERSIONES, S.L. (en adelante, "Sociedad
Beneficiaria Ya Existente") aprobaron por unanimidad la Escisión Parcial
Financiera de la Escindida FRIZE PROMOTORES, S.L. mediante la separación de
la parte de su patrimonio social constituida por las participaciones sociales que la
Escindida ostenta en la Beneficiaria EL BODONAL DE INVERSIONES, S.L., y la
transmisión en bloque y por sucesión universal de dicho patrimonio escindido a la
propia Beneficiaria EL BODONAL DE INVERSIONES, S.L., operación de
reestructuración realizada conforme a la Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de fecha 19 de septiembre de 2019, todo ello en los
términos que obran en el Proyecto de Escisión Parcial Financiera, redactado,
suscrito y aprobado por el órgano de administración de las Sociedades Escindida y
Beneficiaria en fecha 8 de noviembre de 2022, sobre la base de los Balances de
Escisión, cerrados dentro de los seis meses anteriores a la adopción del acuerdo.
Como consecuencia de la Escisión Parcial Financiera, dado que la Sociedad
Escindida participaba en la Sociedad Beneficiaria antes de la Escisión, los socios
de la Escindida recibirán las participaciones sociales en la Beneficiaria que
previamente ostentaba en ésta la Escindida, en igual proporción y equivalencia a la
que dichos socios ostentan en la Sociedad Escindida.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad
Parcialmente Escindida y de la Sociedad Beneficiaria Ya Existente, a solicitar y
obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el Proyecto de Escisión Total,
y el Balance de Escisión, así como el derecho que corresponde a los acreedores
de las mismas Sociedades de oponerse a la Escisión, en los términos previstos en
el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la
publicación del último anuncio de escisión.
Madrid, 8 de noviembre de 2022.- D. Juan Manuel López-Linares del Campo,
en su condición de Consejero Delegado de la Sociedad Parcialmente Escindida
FRIZE PROMOTORES, S.L.; y D. Francisco Javier López-Linares del Campo, en
su condición de Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria Ya Existente EL
BODONAL DE INVERSIONES, S.L.
ID: A220046259-1

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Dado que las dos sociedades intervinientes en la Escisión Parcial Financiera
son sociedades de responsabilidad limitada, no se ampliará el capital social en la
sociedad Beneficiaria, y los acuerdos han sido adoptados en ambas sociedades
por unanimidad en Junta Universal, no resultan necesarios el informe de los
administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el informe de expertos
independientes, ni el depósito del Proyecto en el Registro Mercantil.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958