SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5332)
INTRUM SERVICING SPAIN, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INTRUM JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 138

Miércoles 21 de julio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5332

INTRUM SERVICING SPAIN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INTRUM JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante,
"LME"), se hace público que, en fecha 15 de julio de 2021, el Socio Único de la
sociedad INTRUM SERVICING SPAIN, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), ha
resuelto aprobar la fusión por absorción mediante la cual la sociedad, INTRUM
JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U. ("Sociedad Absorbida"), será disuelta sin liquidación
mediante la transmisión en bloque de todo su patrimonio junto con sus derechos y
obligaciones, a título de sucesión universal, a la Sociedad Absorbente.
Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión de fecha 29 de junio
de 2021, (en adelante, el "Proyecto Común"), redactado por los órganos de
administración de todas las sociedades participantes en la fusión, el cual no ha
sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid puesto que, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la LME, se han cumplido con los requisitos
de universalidad y unanimidad en la adopción del acuerdo de fusión por la decisión
de Socio Único de la Sociedad Absorbente, no siendo necesario el requisito de
depósito del Proyecto Común en el Registro Mercantil. Se manifiesta que la fusión
se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la LME y el artículo
49 de la LME, por tratarse de una fusión simplificada en los supuestos asimilados a
la absorción de sociedades íntegramente participadas, donde tanto la Sociedad
Absorbente como la Sociedad Absorbida son sociedades íntegramente
participadas por el mismo Socio único. Así mismo, dicho Proyecto Común ha sido
puesto a disposición de todas aquellas partes interesadas en los correspondientes
domicilios sociales de las sociedades. Adicionalmente, se hace constar que los
balances de fusión de ambas sociedades han sido cerrados a fecha 31 de
diciembre de 2020, debidamente aprobados y auditados, siendo la fecha de
efectos contables el 1 de enero de 2021.
De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el
derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la
fusión, a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones acordadas y del
balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores
en los términos del artículo 44 de la LME.

ID: A210044590-1

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Madrid, 19 de julio de 2021.- El Secretario no Consejero, Carlos Adolfo Ruiz
Cabrera.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958