SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5330)
CEREALES CANDELO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) CEREALES JOMARPE, SOCIEDAD LIMITADA LOGÍSTICA DE GRANELES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 138

Miércoles 21 de julio de 2021

Pág. 6580

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5330

CEREALES CANDELO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CEREALES JOMARPE, SOCIEDAD LIMITADA
LOGÍSTICA DE GRANELES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Anuncio de fusión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la "Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles" (en
adelante, "LME"), se hace público que, con fecha de 30 de junio de 2021, se ha
aprobado, mediante acuerdo de Junta General Extraordinaria de CEREALES
CANDELO, S.L. (Sociedad Absorbente), el proyecto de fusión que ya fue aprobado
previa y respectivamente mediante acuerdo de Junta General Extraordinaria de las
mercantiles LOGÍSTICA DE GRANELES, S.L., y CEREALES JOMARPE, S.L.
(Sociedades Absorbidas), los días 28 y 29 de junio de 2021, encontrándose, las
tres (3) sociedades involucradas en la operación estructural, participadas al 100%
por "ALMACENA HOLDING, S.L." (socio único). Los referidos acuerdos de fusión
consistentes en la absorción de las sociedades LOGÍSTICA DE GRANELES, S.L.,
y CEREALES JOMARPE, S.L., por parte de CERALES CANDELO, S.L., con la
consecuente disolución, sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y con la
transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente,
quien adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones
que componen el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, así como en sus
relaciones con terceros, se realiza en los términos y condiciones del proyecto de
fusión de 17 de junio de 2021. La Sociedad Absorbente mantendrá su
personalidad jurídica, así como su CIF y denominación social.
Los distintos acuerdos de fusión -de acuerdo al proyecto de fusión-, se
subsumen en el supuesto previsto en el artículo 52.1 de la LME, al tratarse de
sociedades participadas directamente, al 100% por el mismo socio (ALMACENA
HOLDING, S.L). Asimismo, los distintos acuerdos de fusión se amparan en el
artículo 49 de la LME que prevé un procedimiento simplificado.

El socio único (ALMACENA HOLDING, S.L.), en las tres (3) sociedades,
ejerciendo las facultades de la Junta General Extraordinaria, aprobó el balance de
fusión, tomando como tal el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre
de 2020. Y las operaciones de las Sociedades Absorbidas se entenderán
realizadas, a efectos contables, por la Sociedad Absorbente, a partir del 1 de enero
de 2021.
Así pues, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los

cve: BORME-C-2021-5330
Verificable en https://www.boe.es

Los acuerdos de fusión se adoptaron mediante Junta Universal y por
unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la
fusión (en los tres casos, socio único), y, en consecuencia, de acuerdo con lo
preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión pudo adoptarse sin
necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley
en el BORME y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. Del
mismo modo, se ha explicado a los trabajadores el objeto y el alcance de la fusión
proyectada y los efectos que pudiera tener en el empleo.