SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5329)
CEBADO, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) COPICE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 138

Miércoles 21 de julio de 2021

Pág. 6579

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5329

CEBADO, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COPICE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace
público que el socio único de las sociedades Cebado, S.A.U., y Copice, S.L.U.,
constituido en Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de ambas
sociedades el día 25 de junio de 2021, ha acordado la fusión y absorción de
Copice, S.L.U., por Cebado, S.A.U.
Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el
proyecto común de fusión, de fecha 15 de junio de 2021, redactado y suscrito por
los órganos de administración de ambas sociedades. Asimismo se aprobó el
balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha
31 de diciembre de 2020. Se trata de una fusión especial entre sociedades
gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas,
según lo establecido en el artículo 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales
de las Sociedades Mercantiles, dado que absorbente y absorbida son sociedades
íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley 3/
2009 esta absorción se realiza mediante la integración de ambos patrimonios e
implicará la extinción de Copice, S.L.U., y la transmisión en bloque de su
patrimonio social a Cebado, S.A.U., la cual adquirirá por sucesión universal todos
los derechos y obligaciones de Copice, S.L.U. Este proceso de integración se
desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia
intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de
administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Las operaciones de
Copice, S.L.U., se entenderán realizadas por cuenta de Cebado, S.A.U., desde el 1
de enero de 2021.

Barcelona, 14 de julio de 2021.- El Administrador solidario de Cebado, S.A.U.,
y Copice, S.L.U., Eduardo Iván Carrillo Pino.
ID: A210044300-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2021-5329
Verificable en https://www.boe.es

A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones
Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los acreedores
de ambas sociedades tienen derecho de obtener el texto íntegro de las decisiones
adoptadas y los balances de fusión, y que la fusión no podrá ser realizada antes de
que transcurra un mes contado desde la publicación del último anuncio del
acuerdo por el que se aprueba la fusión, durante cuyo plazo los acreedores de
cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la misma en los
términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones
Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958