SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4558)
VÉRTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SQUIRREL MEDIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 115

Viernes 18 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4558

VÉRTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SQUIRREL MEDIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/
2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles (LME), se hace público y anuncia lo siguiente:
1. Que con fecha 22 de febrero de 2021, los órganos de administración de
Squirrel Media, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), y Vértice Trescientos Sesenta
Grados, S.A.. (la "Sociedad Absorbente" y junto con la Sociedad Absorbida, las
"Sociedades a Fusionar"), aprobaron, redactaron y suscribieron el proyecto común
de fusión por absorción de la citada sociedad (el "Proyecto de Fusión"), presentado
a depósito en el Registro Mercantil de Madrid e insertado en la página web
corporativa de la Sociedad Absorbente https://www.grupo.vertice360.com/
gobierno-corporativo/#proyecto-fusion (la "Página Web Corporativa").
2. Que en tanto la Sociedad Absorbente es titular del 100 por 100 del capital
social de la Sociedad Absorbida, es aplicable a esta fusión el régimen simplificado
establecido en el artículo 49 y siguientes de la LME. En consecuencia, no resulta
necesaria la inclusión en el Proyecto de Fusión de (i) las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y
10.ª del artículo 31 LME (ii) los informes de administradores y expertos sobre el
Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente (iv) la
aprobación de la fusión por parte del socio único de la Sociedad Absorbida ni, de
conformidad con lo previsto en el artículo 51 LME, (v) la aprobación de la fusión
por la junta general de la Sociedad Absorbente, salvo que así lo soliciten
accionistas representativos de, al menos, un uno por ciento del capital social por el
cauce legalmente previsto.
3. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 LME, se hace constar:

ii. El derecho de los accionistas de la Sociedad Absorbente que representen al
menos el uno por ciento (1%) del capital social, a exigir la celebración de la junta
general de accionistas de Vértice Trescientos Sesenta Grados, S.A., para que
apruebe la absorción de Squirrel Media S.L.U. Conforme a lo dispuesto en el
artículo 51 LME, ese derecho deberá ser ejercido mediante requerimiento a
realizar en los quince días siguientes a contar desde la última fecha de publicación
del presente anuncio. De ejercerse el mismo, los administradores de la Sociedad
Absorbente estarán obligados a convocar la junta para que apruebe la absorción
para su celebración dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se

cve: BORME-C-2021-4558
Verificable en https://www.boe.es

i. El derecho que asiste a los accionistas de la Sociedad Absorbente y a los
acreedores de las Sociedades participantes en la Fusión, de manera adicional a la
posibilidad de examen, descarga e impresión en la Página Web Corporativa de la
Sociedad Absorbente de (i) examinar en el domicilio social de las Sociedades
participantes en la fusión, los documentos indicados en los números 1.° y 4.°, del
apartado 1 del artículo 39 LME, esto es, (a) el Proyecto de Fusión y (b) las cuentas
anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, junto con los
informes de los auditores de cuentas, y aun cuando dichos documentos estarán
publicados en la Página Web Corporativa de la Sociedad Absorbente con
posibilidad de examen, impresión y descarga, (ii) el derecho a obtener la entrega o
envío gratuitos del texto íntegro de dichos documentos.