SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4556)
LOUT GESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) LOUT INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 115

Viernes 18 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4556

LOUT GESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOUT INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"),
se hace público que las Juntas Generales y Universales de las sociedades LOUT
GESTIÓN, S.L. (sociedad absorbente), y LOUT INVERSIONES, S.L. (sociedad
absorbida), celebradas el día 14 de junio de 2021, acordaron, por unanimidad, la
fusión por absorción, con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la
transmisión y traspaso en bloque de la totalidad de su patrimonio a la sociedad
absorbente, la cual adquiere por sucesión a título universal, de todos sus derechos
y obligaciones.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 49.1 y 52 de la Ley 3/
2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades de capital y dado que
(i) las Sociedades Absorbente y Absorbida están íntegramente participadas de
forma directa o indirecta por los mismos socios; (ii) todas las sociedades,
absorbente y absorbida, son de responsabilidad limitada, y que (iii) la fusión ha
sido aprobada por junta universal y por unanimidad de todos los socios de las
Sociedades Absorbente y Absorbida, la fusión se tramita bajo procedimiento
simplificado, no siendo preceptiva la ampliación de capital de la sociedad
Absorbente.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, al haberse
adoptado el acuerdo de fusión por absorción en Junta Universal y por unanimidad
de todos los socios de las sociedades participantes, y por tratarse de una fusión
simplificada, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos
exigidos por la LME (proyecto de fusión, balances e información sobre la fusión), ni
tampoco informe de los Administradores, ni de expertos independientes sobre el
mismo.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones
Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y
acreedores de obtener, a su petición, el texto íntegro del acuerdo de fusión
adoptado por ambas sociedades, así como los balances de fusión, y del derecho
que les corresponde de oponerse a la fusión planteada, durante el plazo de un
mes a contar desde la fecha de la última comunicación a los acreedores, tal y
como se recoge en el art. 44.1 de la LME.
Finalmente, se hace constar el derecho de información que corresponde a los
trabajadores de la sociedad absorbida sobre el objeto y el alcance de la fusión, y
en particular, de los efectos que ésta pudiera tener sobre el empleo.
Málaga, 15 de junio de 2021.- El Administrador único, Daniel Pastor Vega.
ID: A210039461-1
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Se aprobaron los respectivos Balances específicos para la fusión, cerrados a
31 de marzo de 2021, artículo 36 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones
estructurales de las sociedades de capital, y las operaciones de las sociedades
absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la
sociedad absorbente, a partir del primer día del mes siguiente al de los balances
cerrados y específicos para la fusión de ambas sociedades.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958