SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4530)
REFRESCOS Y CERVEZAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LEONESA DE CONCESIONES Y DISTRIBUCIONES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 114

Jueves 17 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4530

REFRESCOS Y CERVEZAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LEONESA DE CONCESIONES Y DISTRIBUCIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

La Junta General Extraordinaria de la sociedad "REFRESCOS Y CERVEZAS,
S.L.", reunida con carácter universal el día 31 de mayo de 2021, después de
aprobar el Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores Solidarios
de la Sociedad Absorbente y el Administrador Único de la Sociedad Absorbida y
aprobar los balances de fusión, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción
entre "REFRESCOS Y CERVEZAS, S.L." como Sociedad Absorbente y
"LEONESA DE CONCESIONES Y DISTRIBUCIONES, S.L" como Sociedad
Absorbida, mediante la absorción de esta última por la primera, produciéndose la
extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y el traspaso en
bloque a título universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que
adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad
Absorbida.
Asimismo, se hace constar que la fusión es un supuesto asimilado de
absorción de sociedades íntegramente participadas del artículo 49 y 52.1 de la Ley
3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles (LME) y se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de
fusión regulado en el artículo 42 de dicha Ley.
La fusión se acordó sobre la base del Proyecto de Fusión de fecha 31 de mayo
de 2021, suscrito por el órgano de administración de las dos sociedades
intervinientes. Los balances de fusión son los cerrados a fecha 31 de diciembre de
2020, y el de "Refrescos y Cervezas, S.L.", ha si verificado por el auditor de la
compañía, y el de "Leonesa de Concesiones y Distribuciones, S.L. no precisa
verificación en virtud del art. 37 LME, por no encontrarse sometida a la obligación
de auditoría. Se hace constar que, de conformidad con los artículos 42 y 33 LME,
no es preceptivo el depósito previo en el Registro Mercantil, ni la elaboración del
Informe de Administradores ni de Experto Independiente sobre el Proyecto de
Fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades
intervinientes a obtener el texto íntegro del Proyecto de Fusión, de los acuerdos
adoptados y de los balances de fusión, así como de los demás documentos
relacionados con la fusión mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, se
hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un
mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de
fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
León, 1 de junio de 2021.- Los Administradores Solidarios de Refrescos y
Cervezas, S.L., Carlos Ángel Pastrana Alonso e Isabel Irene Alaez Melón.- El
Administrador único de Leonesa de Concesiones y Distribuciones, S.L., Carlos
Ángel Pastrana Alonso.
ID: A210039190-1

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 LME, no es necesario determinar el
tipo de canje, ni su procedimiento, ni la fecha a partir de la cual las nuevas
acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales dado que no existe
ampliación de capital en la Sociedad Absorbente.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958