SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4436)
LLOYD'S INSURANCE COMPANY, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LLOYD'S IBERIA REPRESENTATIVE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 112

Martes 15 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4436

LLOYD'S INSURANCE COMPANY, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LLOYD'S IBERIA REPRESENTATIVE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"),
se hace público que el Socio Único de la sociedad española Lloyd's Iberia
Representative, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida), ha aprobado
con fecha 12 de junio de 2021, la fusión transfronteriza simplificada (operación
asimilada a una fusión por absorción) de la citada sociedad por parte de la
sociedad belga Lloyd's Insurance Company, S.A. (Sociedad Absorbente), conforme
al Proyecto Común de fusión de fecha 18 de marzo de 2021.
Del mismo modo, el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente ha
aprobado el Proyecto Común de fusión e iniciado los trámites previstos en la
legislación belga para el desarrollo de proceso de fusión, depositando el proyecto
común de fusión en la secretaria del tribunal de empresas de Bruselas (división
francófona) y en el domicilio de la citada sociedad con fecha 3 de mayo de 2021.
En la medida en que la Sociedad Absorbida es una sociedad constituida bajo
ley española y la Sociedad Absorbente es una sociedad constituida bajo ley belga,
la fusión es una fusión transfronteriza intracomunitaria que se rige por lo
establecido en las respectivas leyes personales de las sociedades que participan
en la misma que trasponen la Directiva 2017/1132, y, en concreto, (a) por el título II
de la LME, y (b) por los artículos 12:106 y siguientes del Código de comercio
belga.
Todo lo anterior, conforme al Proyecto Común de Fusión, de fecha 18 de
marzo de 2021, suscrito por los respectivos órganos de administración de las dos
sociedades que se fusionan y debidamente depositado en la secretaria del tribunal
de empresas de Bruselas (división francófona) y en el Registro Mercantil de
Madrid, correspondiente al domicilio social de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en los artículos 43
y 66 de la LME, el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las
sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas
y los balances de fusión y demás información sobre la fusión, los cuales se
encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo (esto es, en el caso de
la Sociedad Absorbida, en la calle Pinar número 7, piso primero Derecha, 28006
Madrid, España y, en el caso de la Sociedad Absorbente, en Place du Champ de
Mars 5, 14.ª planta, 1050 Bruselas, Bélgica), teniendo los accionistas, socios y
acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto
íntegro de los mismos.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los
acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de
fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a

cve: BORME-C-2021-4436
Verificable en https://www.boe.es

La Sociedad Absorbente es titular directa de todas las participaciones en las
que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida siendo de aplicación el
régimen previsto en el artículo 49.1 de la LME.