SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4395)
BIZINTEK INNOVA, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) BIZINTEK INVERSIONES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 111

Lunes 14 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4395

BIZINTEK INNOVA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
BIZINTEK INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Conforme a lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace
público que Bizintek Innova, S.L., aprobó el día 2 de junio de 2021, la escisión
parcial de Bizintek Innova, S.L., en favor de la entidad beneficiaria de nueva
creación Bizintek Inversiones, S.L.
Se trata de una escisión parcial financiera a los efectos de lo dispuesto en la
vigente Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las
sociedades mercantiles (en adelante LME), elaborado de acuerdo con las
exigencias contenidas en los artículos 70 y concordantes de la misma así como lo
dispuesto en Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante LSC) y Ley 27/
2014 del Impuesto sobre Sociedades (en adelante LIS) en lo que resulten
aplicables.
La escisión implica la segregación de parte del patrimonio de Bizintek Innova,
S.L., que se concreta en la actividad de adquisición, tenencia, administración
disfrute y enajenación de todas las participaciones sociales de Aquila Boards, S.L.,
sin extinguirse, traspasando en bloque la parte segregada, que constituye una
unidad económica autónoma, a la entidad Bizintek Inversiones, S.L., que se
constituirá con los activos escindidos quien adquirirá por sucesión, a título
universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.
Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades
que participan en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y el balance de escisión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya
nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de escisión) durante
el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo
por el que se aprueba la escisión, a oponerse a la escisión en los términos
previstos en el artículo 44 en relación con el artículo 73 de la LME.
Bilbao, 2 de junio de 2021.- El Administrador solidario de Bizintek Innova, S.L,
Íñigo Sobradillo Benguria.

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