SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4298)
REVIALSA INVERSIONES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PEDRO SOLAR DEL REY PLANTA 1, S.L.U. EURO SOLAR DEL MARQUÉS PLANTA 4, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 109

Jueves 10 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4298

REVIALSA INVERSIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEDRO SOLAR DEL REY PLANTA 1, S.L.U.
EURO SOLAR DEL MARQUÉS PLANTA 4, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 32009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace
público que, el 24 de diciembre de 2020, las juntas generales extraordinarias
universales de socios de Revialsa Inversiones, S.L.U. (sociedad absorbente), y de
Pedro Solar del Rey Planta 1, S.L.U.; Euro Solar del Marqués Planta 4, S.L.
(sociedades absorbidas), aprobaron su fusión por absorción (arts. 23.2 y 49 de la
Ley de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles).
El acuerdo se adoptó por unanimidad, por lo que, dado que la sociedad
absorbente es titular directa del 100% del capital social de las absorbidas, no
resultan necesarios: (1.º) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones
2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la Ley de modificaciones estructurales de
Sociedades Mercantiles, (2.º) los informes de Administradores y Expertos
Independientes sobre el proyecto de fusión, (3.º) el aumento de capital de la
sociedad absorbente, y (4.º) la aprobación de la fusión por el Accionista Único de
la Sociedad Absorbida (art. 42 de la Ley de modificaciones estructurales de
Sociedades Mercantiles).
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades
absorbidas a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos
sus derechos y obligaciones, y la disolución sin liquidación de las primeras, con
extinción de las mismas.
Dicha fusión fue aprobada de conformidad con el proyecto común de fusión
aprobado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades
participantes con fecha 24 de diciembre de 2020.
Se hace constar expresamente (arts. 43 y 44 de la Ley de modificaciones
estructurales de Sociedades Mercantiles), el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro
del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición
que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la Ley de
Modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles, en el plazo de un mes a
contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por
absorción.

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Zamora, 7 de junio de 2021.- El Administrador único, David Alonso Reviriego.

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