SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4295)
GEROA WALDORF ESKOLA KOOP. ELK. (SOCIEDAD ABSORBENTE) HILO AUREO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 109

Jueves 10 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4295

GEROA WALDORF ESKOLA KOOP. ELK.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HILO AUREO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), y
el artículo 83.6 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi
("LCoop.E") se hace público el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 18 de
marzo de 2021 por los órganos de administración de HILO AUREO, S.L.U.
(Sociedad Absorbida) y GEROA WALDORF ESKOLA KOOP. ELK. (Sociedad
Absorbente) que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Álava con
fecha 16 de abril de 2021 y en el Registro de Cooperativas de Euskadi con fecha
26 de marzo de 2021; proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad
Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a título de sucesión
universal quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y
obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni
limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida.
La fusión se realiza conforme al procedimiento establecido en el artículo 49 de
la LME, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada
(impropia), en la que la Sociedad Absorbente es la socia única de la Sociedad
Absorbida. No obstante, el acuerdo de fusión ha sido aprobado por decisión del
socio único de la Sociedad Absorbida en ejercicio de sus competencias. Conforme
al citado artículo 51 de la LME y 83.2 LCoop.E, se hace constar el derecho que
asiste a los socios de la Sociedad absorbente y a los acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social de cada una
de las sociedades y, en su caso, a obtener la entrega o el envío gratuito de los
documentos indicados en los números 1.º y 4.º y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º del
artículo 39.1 de la LME y artículo 82 LCoop.E. Asimismo, se hace constar el
derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a
oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/
2009 y artículo 85 LCoop.E, durante el plazo de un mes, contado a partir de la
publicación del último anuncio de fusión. Por último, en conformidad con el artículo
84 LCoop.E, se hace constar el derecho de separación de los socios
cooperativistas de la Sociedad absorbente que hayan votado en contra de la
misma o las que, no habiendo asistido a la asamblea, expresen su disconformidad
por escrito dirigido al Consejo Rector, durante el plazo de cuarenta días desde el
último de los anuncios del acuerdo de fusión.

ID: A210037792-1

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Trokoniz de Iruraiz Gauna (Álava), 17 de abril de 2021.- Presidente del
Consejo Rector, Aitor Villarreal Fernández de Retana.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958