SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4291)
ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) EÓLICA DEL CIERZO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 109

Jueves 10 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4291

ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EÓLICA DEL CIERZO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace
público que el Socio único de ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L., Sociedad
Unipersonal, el día 3 de junio de 2021, aprobó la fusión por absorción de la
sociedad EÓLICA DEL CIERZO, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad
Absorbida), por parte de la sociedad ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L.,
Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), mediante la disolución sin
liquidación de la Sociedad Absorbida, y transmisión en bloque de todo el
patrimonio de ésta a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión
universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Los acuerdos se han ajustado al Proyecto Común de Fusión suscrito, con
fecha 1 de junio de 2021, por los respectivos Órganos de Administración de las dos
compañías que se fusionan, así como a los Balances de Fusión de las sociedades
intervinientes en la fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2020.
Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de
la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades
Mercantiles, el derecho de los socios, accionistas y acreedores de las sociedades
que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los
Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio
social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles,
los acreedores de las dos sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo
de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a
partir de la publicación del presente anuncio.
Madrid, 4 de junio de 2021.- El Secretario Consejero de Enel Green Power
España, S.L., Sociedad Unipersonal, Pablo de Mena Pernil.

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