SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4236)
SUCAR MOTOR, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SELITRAC MOTOR, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 108

Miércoles 9 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4236

SUCAR MOTOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SELITRAC MOTOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, se hace público que por decisión del socio único de Sucar Motor, S.L.U., y
Selitrac Motor, S.L.U.; la sociedad Corporación Seligrat XXI, S.L., de fecha 31 de
mayo de 2021 se ha acordado la fusión por absorción de Selitrac Motor, S.L.U., por
Sucar Motor, S.L.U., siendo la primera Sociedad Absorbida y la segunda, Sociedad
Absorbente, con disolución sin liquidación de Selitrac Motor, S.L.U., y transmisión
en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por
sucesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, según
los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de 31 de mayo de
2021, suscrito por todos los administradores de ambas compañías. Dicha fusión
fue aprobada sobre la base de los balances referidos al ejercicio de 2020, cerrado
el día 31 de diciembre de 2020, aprobados por el socio único el día 31 de mayo de
2021, debidamente auditados.
En la fusión, dado que las sociedades que se fusionan están íntegramente
participadas por un socio único, Corporación Seligrat XXI, S.L., de acuerdo con lo
establecido en el artículo 49 por remisión del artículo 52 de la mencionada Ley 3/
2009, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el
capital social de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio
único de la Sociedad Absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los
administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.
No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna
en la Sociedad Absorbente.
De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley
3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así
como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades,
durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio
del acuerdo de fusión.
Leganés, 31 de mayo de 2021.- Los Administradores mancomunados, José
Ramón Seligrat Toribio y Corporación Seligrat XXI, S.L., representada por Enrique
Seligrat Sierra.

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