SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2021-4244)
LABORATORIO REIG JOFRE, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 9 de junio de 2021

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4. Derechos de suscripción preferente. A cada acción antigua de la Compañía
le corresponderá un derecho de suscripción preferente. Cada 119 derechos de
suscripción preferente darán derecho a una nueva acción. Los derechos de
suscripción preferente se asignarán a los accionistas que hayan adquirido sus
acciones hasta las 23:59 horas del día de publicación del presente anuncio ("last
trading date") y cuyas operaciones se hayan liquidado hasta los dos (2) días
hábiles siguientes a dicha fecha (record date = last trading date + 2 días hábiles)
en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (Iberclear).
5. Periodo de negociación de los derechos de suscripción preferente. Los
derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones
que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores
de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Sistema de Interconexión Bursátil
español (Mercado Continuo) durante un plazo de quince (15) días naturales que
comenzará el día hábil bursátil siguiente al de publicación de este anuncio (el
"Periodo de Negociación de Derechos"). Este periodo no será prorrogable. Durante
ese mismo periodo, los accionistas podrán solicitar la asignación de las acciones
que les correspondan a través de las entidades participantes en IBERCLEAR, así
como solicitar una copia firmada del boletín de suscripción con el contenido
requerido por el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital.
6. Compromiso de compra. La Compañía ha asumido un compromiso
irrevocable de compra de los derechos de suscripción preferente recibidos por los
accionistas que hayan adquirido sus respectivas acciones no más tarde de las
23:59 horas CET del día de publicación de este anuncio (el "Compromiso de
Compra"). Este compromiso no se extiende a los derechos adquiridos
posteriormente en el mercado por esos accionistas o por terceros. En
consecuencia, los accionistas titulares de los derechos objeto del Compromiso de
Compra podrán optar por venderlos a la Compañía al precio de 0,045.-Euros por
derecho o bien enajenarlos en el mercado. El Compromiso de Compra estará
vigente durante un plazo de trece (13) días naturales que comenzará el día hábil
siguiente al de publicación de este anuncio.
7. Acciones en depósito. Transcurrido el Periodo de Negociación de Derechos,
las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no
imputables a la Compañía se mantendrán en depósito a disposición de quienes
acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de suscripción
preferente. Transcurridos tres (3) años desde la fecha de finalización del Periodo
de Negociación de Derechos, las acciones que aún se hallaren pendientes de
asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de
la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe
líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la
Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.
8. Asignación incompleta. El acuerdo de aumento del capital social ha previsto
expresamente la posibilidad de asignación incompleta.
9. Desembolso. El desembolso se efectuará en su totalidad con cargo a la
cuenta de reservas y se tendrá por producido en el momento en que, una vez
finalizado el Periodo de Negociación de Derechos, se formalice contablemente la
aplicación del saldo de la cuenta de reservas en la cuantía definitiva del aumento
de capital.

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Núm. 108