SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4227)
ASISTENCIA PARA ANIMALES DOMÉSTICOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RED DE CENTROS VETERINARIOS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 108

Miércoles 9 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4227

ASISTENCIA PARA ANIMALES DOMÉSTICOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RED DE CENTROS VETERINARIOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"),
se hace público que, el 1 de junio de 2021, la Junta General Extraordinaria de la
sociedad Asistencia para Animales Domésticos, S.L., así como el socio único de la
sociedad Red de Centros Veterinarios, S.L.U., aprobaron la fusión por absorción
de Red de Centros Veterinarios, S.L.U., por parte de Asistencia para Animales
Domésticos, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y
adquisición en bloque, por sucesión universal, del patrimonio, derechos y
obligaciones de la sociedad absorbida, por la sociedad absorbente, habiéndose
aprobado asimismo los balances de fusión de las sociedades, cerrados a 31 de
diciembre de 2020.
El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al Proyecto Común de Fusión
suscrito por los respectivos órganos de administración de las sociedades que
participan en la fusión en fecha 17 de mayo de 2021.
Asimismo, al haber sido aprobada la fusión en Junta universal por la sociedad
absorbente y por el socio único de la sociedad absorbida, de conformidad con lo
preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin
necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley
y sin informe de Administradores sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la LME, el
derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la
fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de
fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a
la fusión en los términos del artículo 44 de la LME, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 2 de junio de 2021.- El Administrador Solidario de Asistencia para
Animales Domésticos, S.L., y Administrador único de Red de Centros Veterinarios,
S.L.U., Manuel Martínez Álvarez.

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