SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4181)
SATURNO HOLDING, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) SATURNO AGRÍCOLA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 107

Martes 8 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4181

SATURNO HOLDING, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SATURNO AGRÍCOLA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del
artículo 73 de la citada Ley, se hace público que en la Junta General Extraordinaria
y Universal de socios de la sociedad Saturno Holding, S.L., celebrada con carácter
universal el 28 de mayo de 2021, acordaron, por unanimidad, la escisión parcial de
la sociedad Saturno Holding, S.L., que traspasará en bloque, por sucesión
universal sin extinguirse, la unidad económica formada por la rama agrícola y
ganadera detallada en el Proyecto Común de Escisión suscrito, el 27 de mayo de
2021, por el Administrador Único de Saturno Holding, S.L.
Como consecuencia de la escisión parcial la sociedad escindida Saturno
Holding, S.L., reduce su capital social, dicho capital reducido lo aporta para la
constitución de la sociedad beneficiaria Saturno Agrícola, S.L.
La sociedad beneficiaria de la escisión es Saturno Agrícola, S.L., sociedad de
nueva creación, se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la
escisión parcial adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y
obligaciones inherentes al patrimonio escindido de conformidad con el Proyecto
Común de Escisión, cuyos socios son los mismos y en igual proporción de los de la
mercantil Saturno Holding, S.L. Se hace constar que el acuerdo de escisión parcial
contiene el listado de elementos del activo y pasivo que componen la unidad
económica formada por la rama de actividad agrícola y ganadera que se transfiere
a Saturno Agrícola, S.L.
En aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis de la LME,
al atribuirse a los socios de la Sociedad parcialmente escindida las participaciones
de la sociedad de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en
el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el
informe de administradores ni el balance de escisión.

Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los trabajadores y a
los socios, en ausencia de página web, de examinar en el domicilio social de cada
sociedad participante en la escisión, copia de los documentos a que hace
referencia el artículo 39 de la citada Ley, así como a obtener la entrega y envío
gratuito de los mismos.
Santa Cruz de Tenerife, 28 de mayo de 2021.- El Administrador único de
Saturno Holding, S.L., Guillermo Concepción Santiago.
ID: A210037247-1

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Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el
texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que
corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la
mencionada Ley 3/2009 de 3 de abril, durante el plazo de un mes, contado a partir
de la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958